Actualidad Costa Rica

Reforma integral del Reglamento del Sistema de pagos

Reglamento 5825 del Banco Central de Costa Rica

El pasado 2 de mayo la Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica, con el fin de promover la eficiencia del sistema de pagos, aprobó la nueva versión del Reglamento del Sistema de Pagos.

La norma contiene, en primer lugar, los motivos por los cuales se reforma el Reglamento del Sistema de Pagos. Entre ellos, destaca la necesidad de implementar medidas que proporcionen más seguridad y eficiencia a los usuarios de los dispositivos de pago (tarjetas, tabletas, teléfonos celulares, entre otros) que utilicen tecnologías Europay MasterCard Visa (EMV) y pago sin contacto (contactless), la mitigación del riesgo operativo en el servicio MONEX (acceso al mercado de monedas extranjeras para realizar la negociación de divisas) o la ampliación de la cobertura del Sistema Nacional de Pagos Electrónicos (SINPE), más allá del territorio nacional, en cuanto a pagos externos y al servicio de Transferencia de Fondos a Terceros (TFT).

El Reglamento es una norma extensa y son muchos los aspectos que regula. Entre ellos, destacan los siguientes:

Legislación sobre legitimación de capitales

Se exige el cumplimiento de la legislación en materia de prevención de legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo. Para ello, se debe identificar a los propietarios de cuentas IBAN e informar de las transacciones tramitadas por medio del SINPE, excepto las realizadas para recargar tarjetas prepago. También se prevé, para asegurar el cumplimiento de esta legislación, la necesidad de verificar el perfil de los clientes en nombre de quienes se realizan las transacciones (política conozca a su cliente), realizar una validación contra listas internacionales y disponer de un modelo de categorización de riesgos de sus clientes: validando al cliente origen y al cliente destino.

IBAN

La Junta Directiva del Central aprobó ya, en el año 2015, un nuevo Reglamento del Sistema de Pagos que incluía sustituir los números de cuenta que utilizase sus sistemas internos a más tardar el 31 de diciembre del 2018 para facilitar las transacciones internacionales y la implementación de procesos automatizados.

SINPE móvil

Es el servicio de liquidación multilateral neta por medio del cual las entidades asociadas al SINPE procesan pagos de sus clientes en tiempo real sobre una cuenta del cliente asociada a un número de teléfono móvil. Consecuentemente, los participantes deberán registrar ante el BCCR  los números de teléfono móvil de los clientes.

Dispositivos de pago

La norma exige a los emisores que garanticen los cumplimientos de los estándares EMV de sus dispositivos de pago, debiendo incorporar la tecnología contactless y permitir la autenticación del cliente utilizando mecanismos seguros. También regula los dispositivos prepagos, permitiendo a los emisores su emisión al portador con una cuantía máxima de depósito mensual de 100.000 colones -o su equivalente en moneda extranjera-, siendo exclusivamente de uso local.

Tarifas y comisiones

Por último, el Reglamento, incluye un libro dedicado a las tarifas y comisiones con el fin de dotar de total transparencia al sistema bancario. Además de regular el procedimiento de cobro de las tarifas y comisiones, se recoge la estructura de las mismas y el modo en el que se liquidan.

Con esta reforma integral del Reglamento se moderniza el sistema y se contempla la regulación de la organización y el funcionamiento del SINPE administrado por el BCCR y los sistemas de pago de importancia sistémica*.

* Según el Art. 50 del Reglamento son las infraestructuras de compensación y liquidación de fondos y valores en las que participan al menos tres asociados y que ante una falla en su operación pueden generar o transmitir efectos negativos a mayor escala entre sus participantes o crear alteraciones sistémicas en el conjunto de agentes económicos.