Actualidad Colombia

Cuentas de ahorro electrónicas como herramienta de dispersión de ayudas del gobierno

Decreto 720 de 2018 – Ministerio de Hacienda y Crédito Público

El Gobierno colombiano, en el marco del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera suscrito con el grupo armado FARC-EP, ha puesto en marcha medidas para mejorar la situación de poblaciones afectadas por cultivos ilícitos, a través de ayudas monetarias para las personas que se encuentren inscritas en el Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito (PNIS).

Con el propósito de hacer más eficiente la entrega de estos subsidios y ayudas otorgadas por el Gobierno, se han realizado modificaciones a algunas condiciones de las Cuentas de Ahorro Electrónicas (CAE), cuyos requisitos de apertura se simplifican sustancialmente, facilitando el acceso a estos subsidios.

Así, las modificaciones realizadas se refieren a lo siguiente:

  • Destinatarios de las CAE: además de las personas que pertenezcan al Nivel 1 del Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales –Sisbén- y Desplazados inscritos en el Registro Único de Población Desplazada, se incluye a los beneficiarios de programas de ayuda y/o subsidios otorgados por el Estado Colombiano.
  • Límite a débitos: se amplía el límite del monto de los débitos mensuales, de 2 a 3 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (aprox. 680 €).
  • Se amplía el uso de estas cuentas para que sus titulares reciban recursos diferentes provenientes de programas de subsidios o beneficios.

Adicionalmente, se ha establecido para los establecimientos de crédito y las cooperativas la obligación de adelantar un procedimiento de conocimiento al cliente en aquellos casos en que se supere el límite de los débitos establecido. Los términos de estos procedimientos serán señalados por la Superintendencia Financiera de Colombia.