Actualidad Perú

Ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre hombres y mujeres

Ley Nº 30709

El pasado 28 de diciembre de 2017 entró en vigor la ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre hombres y mujeres, la misma que se encuentra en concordancia con el mandato constitucional de igualdad de oportunidades sin discriminación en las relaciones laborales y el lineamiento de idéntico ingreso por trabajo de igual valor recogido en la Ley 28983, y cuya fiscalización se encuentra a cargo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) y las gerencias regionales de trabajo.

La norma prohíbe la discriminación remunerativa entre hombres y mujeres mediante la determinación de categorías, funciones y remuneraciones que permitan la ejecución del principio de igual remuneración por igual trabajo.

En esa línea, la Ley obliga a las empresas a contar con cuadros de categorías y funciones, fijando, sin discriminación las remuneraciones que corresponden a cada categoría. Esta medida deberá ser implementada por las empresas en un plazo de 180 días contados a partir de la entrada en vigor de la norma.

Asimismo, la norma busca que las empresas empleadoras garanticen la igualdad entre hombres y mujeres en los planes de formación profesional y de desarrollo de capacidades laborales, así como un trato digno, un clima laboral con base en el respeto, la compatibilidad de la vida personal, familiar y laboral, y la prevención y sanción del acoso sexual.

Bajo el marco de lo previsto en el Convenio OIT 183 sobre protección a la maternidad, la Ley prohíbe a las empresas empleadoras despedir o no renovar el contrato de trabajo cuando la trabajadora se encuentre embarazada o en período de lactancia.

Por último, la norma establece entre sus disposiciones complementarias, que se podrá sancionar a la persona natural o jurídica que realice acciones discriminatorias con multas no mayores a 3 UIT* o el cierre temporal del local que no excederá de un año.

El Reglamento de la Ley será publicado dentro de los 60 días de entrada en vgor de la norma.

* Valor 1 UIT para el 2018 es de S/ 4,150.00