Actualidad Panamá

Inclusión femenina con la participación en las juntas directivas

Decretos Ejecutivos 236 y 241-A de 11 de julio de 2018

El pasado 11 de julio se publicaron en la Gaceta Oficial No. 28572-B los Decretos Ejecutivos 236 y 241-A, como parte de los avances sociales que se están realizando a nivel nacional e internacional para impulsar la figura de la mujer dentro de la sociedad, promoviendo políticas de igualdad de género, empoderamiento e inclusión de todas las mujeres.

Decreto Ejecutivo No. 241-A de 11 de julio de 2018

Este Decreto reglamenta la Ley 56 de 11 de julio de 2017, que fija el porcentaje mínimo de participación de las mujeres en las juntas directivas de entidades públicas y privadas* en un 30%. Este porcentaje debe ser de efectiva aplicación en el plazo de tres años desde la publicación de la Ley. De esta manera, se impulsa el derecho de las mujeres al acceso y la participación en la toma de decisiones dentro de la República. La norma desarrolla sus principales aspectos haciendo una diferenciación entre el Sector Público y el Sector Privado:

  • Sector Público. Este tipo de designaciones serán tomadas por la respectiva autoridad nominadora. Se detalla que en aquellos casos en los que la Ley indique que las nominaciones deben ser realizadas por un ente no gubernamental, se presentará a la autoridad una terna compuesta por integrantes de ambos sexos. En caso de empate, la autoridad que designe a los miembros deberá dar prioridad al candidato del género menos representado en la junta directiva.

A través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), quien actuará como ente regulador, se dará seguimiento al cumplimiento del porcentaje estipulado en la norma, generando estadísticas e informes al respecto, los cuales se mantendrán en su página web a disposición del público.

  • Sector Privado. La norma distingue entre:
    • Empresas de Capital Mixto: en este tipo de empresas tanto el Órgano Ejecutivo como los representantes del capital privado de la entidad deberán garantizar la designación de personal idóneo para las juntas directivas, atendiendo los porcentajes exigidos por la Ley.
    • Empresas de Capital Privado: deberán seleccionar a los candidatos mejor calificados para estos cargos, dando prioridad al candidato del género menos representado en la Junta Directiva en caso de obtener iguales calificaciones que el género más representado.

Los entes de fiscalización financiera, quienes actuarán como entes reguladores a efectos del mencionado Decreto, establecerán normas de gobierno corporativo y buenas prácticas relacionadas a la elección de estos miembros. Darán a su vez seguimiento a través de informes y cuestionarios para validar el debido cumplimiento de la norma, siendo esta información de uso público y manteniéndose disponible en la página web y otros medios.

Decreto Ejecutivo No. 236 de 11 de julio de 2018

Esta norma crea el Consejo Nacional para la Paridad de Género, cuyo principal objetivo es promover la inclusión de las mujeres en el mercado laboral panameño y fomentar posibilidades de estudio entre niñas y mujeres. Esta norma se aprueba teniendo en cuenta la adopción de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) que Panamá realizó en 2015 y su compromiso con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. Los aspectos más relevantes que regula la norma son los siguientes:

  • Composición. El Consejo estará conformado por siete funcionarios del sector público y siete figuras del sector privado, cuya participación será con carácter ad-honorem. El Presidente de la República elegirá al Ministro de Estado que presidirá el Consejo y podrá designar nuevos integrantes.
  • Funciones. Entre las principales funciones del Consejo se encuentran:
    • Apoyar las medidas y actividades relacionadas con la participación laboral femenina (con énfasis en carrera de letras y humanidades) y la promoción del emprendimiento para oportunidades entre las mujeres, así como fomentar la integración del enfoque de género en el ecosistema del empleo.
    • Impulsar la participación en los estudios y profesiones de mayor demanda de la región, a niñas, adolescentes y jóvenes.
    • Impulsar planes como: “Plan Nacional de la Coalición Internacional en favor de la Igualdad de Remuneración”, la implementación de la Ley 56 de 11 de julio de 2017 (mujeres en juntas directivas y empresas reguladas), impulsar la Iniciativa de Paridad de Género (IPG), así como incentivar el ascenso a mujeres a puestos de decisión.
  • Metodología de las sesiones y toma de decisiones: las sesiones del Consejo serán convocadas por el Presidente del Consejo, o por siete de sus integrantes. De igual manera, las sesiones podrán efectuarse siempre y cuando participe más de la mitad de los miembros.

En relación a la aprobación de acuerdos, las decisiones serán tomadas por consenso, pero en caso de ser necesaria una votación, se tomarán por mayoría simple.

  • Comité Estratégico: el Consejo contará con un Comité Estratégico conformado por:
    • Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo
    • ONU Mujeres
    • Organización Internacional de Trabajo
    • Instituto Nacional de la Mujer
    • Instituto Nacional de Formación Profesional y Capacitación para el Desarrollo Humano
    • Consejo Nacional de la Empresa Privada.
    • Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresa
    • SUMARSE
    • Asociación de Mujeres Directoras Corporativas
    • Fundación Ciudad del Saber

* Instituciones de Gobierno Central, descentralizadas, empresas públicas, intermediarios financieros y empresas de capital mixto.