Actualidad Ecuador

Reforma para gestión del dinero electrónico

Resoluciones Nº 252, 258, 259 y 260

A finales del mes de julio, la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera de Ecuador publicó cuatro resoluciones que regulan la gestión del dinero electrónico, aplicables a las entidades financieras.

La Resolución Nº 252 permite utilizar el Sistema de Dinero Electrónico a todas aquellas instituciones financieras que, a través del Banco Central del Ecuador (BCE), presten servicios de transferencias de dinero desde el exterior del país a una Cuenta de Dinero Electrónico (CDE) de una persona natural en el territorio ecuatoriano.

La norma también permite a aquellas personas naturales o jurídicas con CDE activas, la gestión de los cobros en línea o programados por los servicios o productos prestados, el pago de tributos, las transferencias entre una o varias cuentas en entidades financieras o entre distintas CDE, etc.

Además, establece nuevas tarifas aplicables a la retirada de dinero, la realización de transferencias, la solución de pagos y cobros, los giros, los cambios de parámetros de seguridad y el uso de la plataforma para gestión comercial.

En virtud de la Resolución Nº 258, se podrán realizar transacciones desde una o varias cuentas en entidades financieras o CDE hacia otras cuentas, a través de dispositivos móviles. Se permite también la apertura de cuentas electrónicas a través del móvil o de la página web del Banco Central de Ecuador.

Incluye además un nuevo capítulo para prevenir el lavado de activos y financiación de delitos a través de operaciones de dinero electrónico, en virtud del cual aquellas personas naturales o jurídicas que deseen participar en el Sistema de Dinero Electrónico, deberán proporcionar información al BCE sobre su actividad financiera, su domicilio, el cumplimiento de obligaciones tributarias, los estados financieros presentados ante la autoridad competente, etc. Una información que deberá ser actualizada con la periodicidad que defina la Gerencia General del Banco Central.  

La Resolución Nº 259 reconoce las cuentas del Sistema de Dinero Electrónico como parte del Sistema de Pagos Interbancarios del Banco Central de Ecuador.

Por último, la Resolución Nº 260 introduce la “Norma para la implementación de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana para la Reconstrucción y Reactivación de las zonas afectadas por el terremoto del 16 de abril de 2016”. Así, provee al Banco Central de Ecuador de un plazo máximo de 12 meses para facilitar a las entidades del sistema financiero nacional, un subsidio para cubrir el costo de instalación de sistemas de banca móvil que puedan realizar transacciones con la Plataforma de Dinero Electrónico del BCE.  

El subsidio se otorgará siempre bajo las siguientes condiciones:

  • Estar calificado por el BCE para operar en el Sistema Central de Pagos;
  • No estar, en el momento de la solicitud o en el de desembolso del subsidio, en una situación de supervisión correctiva o intensiva, o inmerso en procesos de liquidación dispuestos por los órganos de control;
  • Para el caso de las instituciones del sector financiero popular y solidario, estar ubicadas dentro de los segmentos 1, 2 y 3, según el listado validado por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria;
  • Tener un máximo de US$ 1.000 millones en el monto del activo de la entidad;
  • Haber concluido la instalación de los sistemas de banca móvil y comprobar ante el BCE que funcionan y están integrados en la Plataforma de Dinero Electrónico.

Y tendrá los siguientes límites:

  • Subsidio del 100% para los costos de instalación hasta US$ 25.000;
  • Subsidio del 50% del excedente, para los costos de instalación que sobrepasen los US$ 25.000, con un límite máximo de subsidio de US$ 40.000;

En ambos casos, el subsidio incluirá el costo del servicio técnico para integrar el sistema tecnológico con la Plataforma de Dinero Electrónico, y en ningún caso financiará los gastos que no estén directamente relacionados con dicha implementación.

Las cuatro resoluciones regulan aspectos básicos y facilitan a las entidades financieras ecuatorianas seguir la tendencia de implantación del modelo de dinero electrónico. Las normas son aplicables desde el pasado julio de 2016.