Actualidad Paraguay

Seguro Social para microempresarios

Proyecto de Ley que regula el sistema de beneficios sociales

El Congreso de la Nación de Paraguay aprobó el pasado mes de julio el Proyecto de Ley que regula la incorporación al Seguro Social de Previsión Social a los propietarios y/o responsables de microempresas*.

En virtud del Proyecto, los propietarios y/o responsables de las microempresas que se incorporen al Seguro Social de Previsión Social, deberán cotizar el 23% de su base imponible (definida por el Proyecto como el mayor salario mensual declarado y abonado a sus trabajadores, que en ningún caso podrá ser menor al mínimo legal para actividades diversas no especificadas). Así, el Instituto de Previsión Social (IPS) les otorgará prestaciones por riesgos, accidente y enfermedad común o profesional, maternidad, invalidez, vejez y muerte.

El Proyecto de Ley trata de crear un sistema de incentivos que dote a los microempresarios de las garantías jurídicas y el amparo necesarios para apostar por la creación y desarrollo de nuevas empresas y puestos de trabajo.

Actualmente, el Proyecto se encuentra nuevamente en proceso de revisión por la Cámara de Diputados, tras ser aprobado por la Cámara de Senadores con ciertas modificaciones, a causa de la cotización estipulada (23%) y su obligatoriedad, que se ha estimado que podría conllevar a una carga económica excesiva para los microempresarios.

Una vez aprobada la Ley, entrará en vigor a los 90 días desde su promulgación.

 

* Según el Art. 5 de la Ley 4457/12 para las MIPYMES, la Microempresa es aquella formada por un máximo de 10 personas en las que el propietario y/o sus familiares trabajan personalmente, y con una facturación equivalente a G 500.000.000 ( US$ 90.000 aprox.).