Actualidad Perú

Protección al inversionista y transparencia de la información

Resolución SMV Nº 015-2016-SMV/01

Mediante Resolución publicada el 18 de junio de 2016 en el diario oficial El Peruano, la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) modificó el Reglamento de Hechos de Importancia e Información Reservada, aprobado mediante Resolución SMV N° 005-2014-SMV/01.

Recordemos que el Reglamento de Hechos de Importancia e Información Reservada es la norma mediante la cual se establecen, entre otros, un régimen aplicable para el envío de hechos de importancia e información reservada por parte de los emisores, así como un listado enunciativo de hechos de importancia a ser considerados por los emisores al momento de enviar información a la SMV, a las bolsas de valores o al responsable del mecanismo centralizado de negociación respectivo en el que se hallen inscritos los valores mobiliarios.

Esta modificación al anterior Reglamento tiene como finalidad:

  1. Darle mayor flexibilidad al emisor para aprobar las normas internas de conducta para el cumplimiento efectivo de lo establecido en el reglamento;
  2. Reconocer que el gerente general de los emisores ejercerá las funciones del representante bursátil titular o suplente designados ante la ausencia temporal o permanente de los mismos,
  3. Incorporar la obligación de revelar la posición mensual de los emisores en contratos de derivados financieros, al ser dicha información de utilidad para conocer la cobertura monetaria de las empresas.

La norma entró en vigencia el pasado 19 de junio de 2016.