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Medidas para la transformación digital del sistema financiero

Anteproyecto de Ley del Ministerio de Economía y Empresa

El pasado 10 de julio, el Ministerio de Economía y Empresa publicó el Anteproyecto de Ley de Medidas para la transformación digital del sistema financiero.

La norma pretende apoyar la transformación digital de la economía, controlando los riesgos que la innovación financiera puede ocasionar. Por ello, refuerza la seguridad jurídica, de manera que la protección al consumidor de servicios financieros y la integridad en los mercados no se vean afectadas, y evitando el uso del sistema financiero para el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

El Anteproyecto consta de cuatro títulos en los que se contemplan distintos aspectos del nuevo contexto digital. De entre ellos, destaca el Título II en el que se regula el espacio controlado de pruebas. Este espacio controlado de pruebas o “regulatory sandbox” constituye, de acuerdo con la definición legal, “el conjunto de disposiciones de la ley que ampara la realización de las pruebas incluidas en un proyecto piloto de manera controlada y delimitada”. A estos efectos, las pruebas se realizarán bajo la vigilancia de las autoridades competentes, delimitando previamente el alcance, duración y características; y garantizando las máximas garantías cuando se requiera la participación de clientes reales.

Legislación aplicable a las pruebas y Protocolo del proyecto

Las pruebas se regirán por lo previsto en la norma y en el protocolo de pruebas acordado entre el promotor y la autoridad competente, una vez el proyecto reciba una evaluación previa favorable. Este protocolo contendrá las condiciones del proyecto piloto:

  • Limitación respecto al volumen y tiempo de realización
  • Información que se facilitará a las autoridades y el modo de acceder a la misma
  • Fases del proyecto y objetivos a alcanzar en cada una de las fases junto con el alcance de la prueba y la duración de la misma
  • Recursos con los que tendrá que contar el promotor para llevar a cabo las pruebas
  • Régimen de garantías para cubrir su eventual responsabilidad

El protocolo de pruebas, de obligado cumplimiento para los participantes, garantizará la protección del consumidor financiero, quien deberá ser informado previamente, dar su consentimiento y podrá abandonar el proyecto cuando lo considere oportuno. Durante todo el periodo de pruebas, el promotor y el supervisor estarán coordinados, y tras la finalización del mismo, el promotor tendrá que presentar una memoria de resultados.

Requisitos para el acceso al espacio controlado de pruebas

  1. Los proyectos han de aportar innovación financiera de base tecnológica y encontrarse suficientemente avanzados para probarse. La norma define esta innovación como aquella que pueda dar lugar a nuevos modelos de negocio, aplicaciones, procesos o productos con incidencia sobre los mercados financieros, la prestación de servicios financieros y complementarios o el desempeño de las funciones públicas en el ámbito financiero.
  2. Los proyectos innovadores deben asimismo aportar un potencial valor añadido en al menos uno de los siguientes aspectos:
  • Dirigirse a mejorar el cumplimiento normativo mediante el perfeccionamiento u homogeneización de los procesos u otros instrumentos
  • Suponer un eventual beneficio para los usuarios de servicios financieros: mayor calidad y condiciones de acceso y disponibilidad en la provisión de servicios financieros o de aumento de la protección a la clientela
  • Aumentar la eficiencia de entidades o mercados
  • Proporcionar mecanismos para la mejora de la regulación o el mejor ejercicio de la supervisión financiera

El acceso al espacio controlado de pruebas regulado no supone autorización para el comienzo del ejercicio de una actividad o para la prestación de servicios de carácter profesional habitual. Una vez finalizadas las pruebas, el promotor elaborará y remitirá a la autoridad supervisora una memoria en la que se evaluarán los resultados de las mismas y del conjunto del proyecto piloto, pudiendo así solicitar la autorización para iniciar la actividad.

Otros aspectos relevantes

La norma prevé la constitución de una Comisión de pruebas para la coordinación de las actuaciones realizadas, estipula la colaboración entre autoridades y establece cauces específicos de comunicación entre las autoridades supervisoras y los particulares.

Por último, el Anteproyecto exige a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional la elaboración de un informe anual en el que se recojan los nuevos desarrollos tecnológicos, la evolución internacional, o los efectos de estas innovaciones sobre la estabilidad financiera, entre otros.

De aprobarse finalmente esta norma, se lograría facilitar la innovación tecnológica aplicada a servicios financieros aumentando el marco de protección de su clientela; contribuir a la modernización de la economía española en el contexto de la globalización digital, y fomentar una mayor eficiencia de las entidades financieras.