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Instrucciones relativas a la administración del riesgo LAFT

Circular Externa 011 de 2022 – SFC

El pasado 27 de mayo la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) expidió la Circular Externa 011 de 2022 con el propósito de acoger integralmente las recomendaciones realizadas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) en materia de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (LAFT).

La norma pretende fortalecer el ordenamiento jurídico colombiano conforme a los estándares internacionales en materia de LAFT y de esta manera, que el país obtenga una recalificación por parte del Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT).

Instrucciones particulares

Entre las instrucciones particulares dadas a las entidades vigiladas por la SFC destacan:

  •  Incluye el concepto de alta gerencia en los procedimientos de conocimiento de las personas expuestas políticamente (PEP).
  •  Acoge la definición de beneficiario final prevista en el art. 631-5 del Estatuto Tributario de Colombia y la de estructuras sin personería jurídica prevista en el numeral 6. del art. 1 de la Resolución 000164 del 2021 expedida por la DIAN (patrimonios autónomos, fondos de capital privado y de inversión colectiva, entre otros).
  • Incorpora el concepto de vehículos de inversión como aquellas estructuras sin personería jurídica que son administradas por entidades vigiladas, tales como: patrimonios autónomos, fondos de inversión, fondos voluntarios de pensión, fondos de pensiones y cesantías, entre otros.
  • Excluye a los corredores de seguros del ámbito de aplicación de las instrucciones particulares en materia de Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT).
  • Modifica las periodicidades de los informes del revisor fiscal y de la auditoría interna, los cuales se realizarán de manera anual.

Otras consideraciones

Finalmente, respecto del periodo de transición, las entidades vigiladas tendrán hasta el próximo 6 de enero de 2023 para ajustar su  SARLAFT conforme a las instrucciones previstas en la Circular emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia.