Actualidad Colombia

Medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción

Ley 2195 de 2022 – Congreso de la República.

El pasado día 18 de enero la Presidencia de Colombia promulgó la Ley 2195 mediante la que se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción

Tratar el tema de la corrupción implica hablar de políticas construidas idealmente sobre la prevalencia del interés general y de la protección a la moralidad administrativa, y en particular en Colombia, país que se ha visto sacudido por numerosos casos de corrupción. Una situación que, progresivamente, pone en riesgo la viabilidad del país.

Ante este escenario, la Ley 2195 se publica con el propósito de brindar herramientas que contribuyan a mejorar la situación de Colombia mediante la adopción de disposiciones tendientes a prevenir los actos de corrupción, a reforzar la articulación y coordinación de las entidades del Estado y a recuperar los daños ocasionados por dichos actos con el fin de asegurar, promover la cultura de la legalidad e integridad y recuperar la confianza ciudadana y el respeto por lo público.

Con la ejecución de esta Ley, es posible interceder en el momento en que una persona jurídica promueva o se encuentre en un estado de insolvencia que ponga en riesgo el patrimonio público que esté afectado, especialmente si se generó por explotación o apropiación de bienes para el beneficio de terceros.

Entre los aspectos más destacados que contempla esta nueva normativa, se encuentran los siguientes:

  • Las personas jurídicas sujetas a inspección, vigilancia o control de la Superintendencia de Sociedades de Colombia adoptarán programas de transparencia y ética empresarial que incluyan normas internas de auditoría.
  • Las entidades obligadas a implementar SARLAFT o de reportar al Registro Único de Beneficiarios Finales, deberán aplicar nuevas medidas de debida diligencia para la identificación de los beneficiarios finales.
  • Se establece un nuevo régimen de principios generales contractuales para las entidades no sometidas al estatuto general de contratación del Estado.
  • Se establece un nuevo régimen de responsabilidad administrativa sancionatoria para personas jurídicas, sucursales de sociedades extranjeras, personas jurídicas que integren uniones temporales o consorcios, empresas de economía mixta y entidades sin ánimo de lucro. Estas sanciones podrán ser aplicadas por las Superintendencias o entidades de supervisión.
  • Se otorgan facultades a la Contraloría General de la Nación para procedimientos de búsqueda, embargo y recuperación de activos en el exterior. También se posibilita la desestimación de la personalidad jurídica para efectos de control fiscal (lo que comúnmente se denomina levantamiento del velo corporativo).
  • Se realizan modificaciones a la acción de repetición en relación con el dolo, la culpa grave, la legitimación, la caducidad, la oportunidad para presentar la demanda y el llamamiento en garantía, entre otras.

 

Consulta aquí la Ley.