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Marco de referencia para la emisión de bonos verdes, sociales y sostenibles

Circular Externa 020 de 2022

La Superintendencia Financiera de Colombia ha publicado la Circular Externa 020 de 2022 a fin de modificar el subnumeral 1.3.6.1.2.8 del Capítulo II del Título I de la Parte III de la Circular Básica Jurídica y así incorporar requisitos específicos a las emisiones de bonos de destinación específica diferentes a los verdes, que ya se regulaban mediante la Circular 028 de 2020 y la guía de bonos verdes.

De esta manera, el organismo supervisor busca contribuir al cumplimiento de los compromisos de Colombia en materia ambiental y social, incluyendo el Acuerdo de París y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Un nuevo marco de referencia

La Circular, que ha tomado como referencia, entre otros, los estándares internacionales del International Capital Market Association (ICMA, por sus siglas en inglés), establece un marco que regula la emisión de diferentes tipos de bonos de destinación específica, como pueden ser los que promuevan objetivos sociales, sostenibles, economía naranja y de género; unos valores que ya han sido autorizados por la Superintendencia Financiera y colocados en el mercado público de valores.

Cuatro pilares fundamentales

Contempla la necesidad de cumplir con los cuatro pilares de ICMA para efecto de cualquier autorización futura, siendo necesario que se cumplan obligaciones de revelación en relación con:

  1. El uso de los fondos
  2. El proceso de evaluación y selección de los proyectos elegibles
  3. Las políticas de gestión de fondos
  4. Los reportes tanto del emisor como de verificadores externos

Componentes verdes, sociales y sostenibles

En el componente verde, el nuevo marco incorpora la Taxonomía Verde para futuras emisiones, que contribuye a la transparencia y al desarrollo del mercado verde local; manteniéndose las ocho categorías verdes publicadas en el Marco de Referencia de Bonos Verdes en julio de 2021, el cual es reemplazado por este nuevo marco.

En el componente social, se incorporan ocho categorías y se identifican, de manera preliminar, cuarenta y siete gastos sociales elegibles incluidos en el Presupuesto General Nacional, en las áreas de: i) avance socioeconómico y reducción de las desigualdades, ii) educación: acceso, permanencia y calidad, iii) construcción de paz, iv) generación de empleo y fomento a la productividad, v) vivienda digna y asequible, vi) seguridad alimentaria y nutricional y vii) acceso efectivo y calidad en el servicio de salud.

Además, se incluyen criterios ambientales, sociales, de gobernanza y resiliencia en la estructuración, así como de valoración de riesgos y financiación de proyectos de infraestructura a través de asociaciones público privadas.