Actualidad Peru

Ley que regula el servicio de extensión agropecuaria

Ley 31368

En diciembre de 2021 se promulgó la Ley N° 31368 que regula el servicio de extensión agropecuaria, para incrementar la productividad y competitividad del productor agropecuario peruano, así como impulsar el desarrollo rural.

La finalidad de esta norma es la promoción y el incremento de las capacidades de los productores agrarios para lograr su productividad y competitividad a través del servicio de extensión agropecuaria.

Concepto de “Servicio de extensión agropecuaria”

Se entiende por servicio de extensión agropecuaria el servicio de carácter público, permanente y descentralizado que implica un proceso educativo, sistemático y de interacción y acompañamiento con los productores agropecuarios.

Este servicio permite atender demandas integrales que incluyen la capacitación y asistencia técnica con el fin de facilitar la aplicación de tecnologías y conocimientos que mejoren los procesos de producción de las unidades agropecuarias y agroforestales. Además, este servicio incorpora innovaciones tecnológicas, organizativas y ambientales, considerando el entorno sociocultural de los productores agropecuarios y potencialidad del suelo y la disponibilidad hídrica.

Proveedores y usuarios del servicio

Este servicio solo puede ser brindado por proveedores que cumplan con los requisitos, condiciones y demás aspectos que se establezcan en el reglamento de la norma, así como estar inscritos en el Registro Nacional de Proveedores del Servicio de Extensión Agropecuaria (RNPSEA), cuya administración e implementación progresiva está a cargo del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a través del Instituto Nacional de Innovación Agraria.

Por su parte, los usuarios de dicho servicio serán las personas naturales, jurídicas y organizaciones que se dediquen principalmente a la actividad agrícola y/o pecuaria y que accedan de manera voluntaria a recibir el servicio de extensión. Asimismo, serán las instituciones educativas que desarrollan actividades de enseñanza relacionadas a la actividad agropecuaria.

Objetivos específicos del servicio de extensión agropecuaria

La Ley norma establece además, los objetivos específicos del servicio de extensión agropecuaria:

  • Fortalecimiento y ampliación de la cobertura del servicio de extensión agropecuaria en atención a las necesidades y demandas de los productores agrarios.
  • Incremento y fortalecimiento de la productividad y competitividad del sector agropecuario.
  • Promoción del uso de tecnologías sostenibles en la actividad agropecuaria.
  • Fortalecimiento de la articulación de los actores del Sistema Nacional de Innovación Agraria (SNIA), que participan en la prestación del servicio de extensión agropecuaria.
  • Fomento de la transferencia tecnológica y la asistencia técnica a nivel nacional.
Otras consideraciones

La norma regula también, las competencias y mecanismos de articulación de las entidades de los tres niveles de gobierno (central, regional y local), que participan en la prestación del servicio de extensión agropecuaria, considerando el potencial agrario y la demanda de los productores y las tendencias de los mercados nacional e internacional. Asimismo, se dispone que la autoridad competente, Instituto Nacional de Innovación Agraria, debe desarrollar extensión en sistemas agroforestales, y silvicultura con el fin de lograr la promoción de las actividades agroforestales y agrosilvopastoriles a nivel nacional.

 

Finalmente, se dispone que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego emitirá el reglamento correspondiente en un plazo no mayor de ciento veinte días calendario contados desde la entrada en vigor de la norma.