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Especial COVID-19 (II)

Panorama normativo de los países en los que la FMBBVA desarrolla su actividad

Tal y como publicamos en Progreso 22, la COVID-19 ha marcado un antes y un después en varios aspectos de la vida y, en estos meses que han transcurrido desde su aparición, la actividad normativa[1] de los países, aunque no tan intensa como en los inicios de la pandemia, ha sido de vital importancia para intentar, lo que se ha denominado, “vuelta a la nueva normalidad”.

 

Estados de alarma y medidas de desescalamiento

Unas de las medidas que han sido aprobadas paulatinamente por los Ejecutivos, han sido aquellas dirigidas a reactivar el sector económico. Estas disposiciones han ido, paradójicamente, acompañadas por nuevas prórrogas respecto los estados de alarma y emergencia, puesto que el virus sigue activo y el número de personas afectadas sigue aumentando.

Todos los países de Latinoamérica, y en concreto aquellos en que la FMBBVA desarrolla su labor, han prorrogado los estados de alarma en los que se ha restringido la movilidad de los ciudadanos, decretado aislamientos selectivos o se han establecido toques de queda y se han ido levantando dichas restricciones cuando la situación lo ha permitido.. A la par de estas medidas restrictivas los gobiernos han aprobado medidas que han permitido la reactivación de la actividad económica, permitiendo la reanudación de actividades económicas por fases.

Digitalización y nuevas tecnologías

La tecnología ha cobrado un especial protagonismo durante esta pandemia: más allá del impacto que ha tenido en las nuevas maneras de trabajar y oficinas improvisadas en los hogares, las restricciones de movilidad han impedido la realización de numerosos trámites presenciales y, a pesar de haberlas, la realización de las mismas por medios telemáticos ha sido la mejor opción para paliar el número de desplazamientos y contagios.

En este sentido, Panamá  ha habilitado plataformas digitales para la realización de trámites y ha reconocido válidas ciertas gestiones realizadas por correo electrónico, en Chile se agilizó la tramitación de la ley de Portabilidad Financiera y Colombia autorizó la Firma Digita o Electrónica para la suscripción de determinados documentos que hasta el momento requerían una tramitación presencial. Por su parte, Perú  facultó al Banco de la Nación a abrir una cuenta básica de ahorro individual y digital denominada “Cuenta DNI” para la recepción de ciertos subsidios.

Sector financiero

El sector financiero, clave para contrarrestar los efectos negativos de la COVID-19, ha aprobado ciertas medidas dirigidas a mantener la estabilidad financiera, facilitar la liquidez y el aplazamiento en el cobro de deudas. Todo ello en un escenario en el que las empresas han tenido que hacer frente a una drástica interrupción de su actividad económica, con su consecuente caída de ingresos; y los hogares han visto incrementadas sus dificultades para hacer frente a facturas y préstamos ante el incremento de la tasa de desempleo.

En Panamá, la Superintendencia de Bancos (SBP) creó una nueva categoría de riesgos de créditos denominada "mención especial modificado” en línea con las normas aprobadas con anterioridad respecto a los préstamos modificados y publicó, tras meses de debate, la Ley que establece una moratoria sobre los préstamos otorgados a trabajadores que hayan reducido su jornada laboral y a personas físicas o jurídicas afectadas por COVID 19, hasta el 31 de diciembre de 2020.

La Superintendencia de Bancos de República Dominicana (SIB), por su parte, emitió una Circular sobre el cobro de cuotas aplazadas con motivo de la pandemia en la que se indicaba, entre otros, que los cambios en las condiciones de pago deberían tener el consentimiento expreso del cliente debiendo las entidades de intermediación financiera, constituir las provisiones correspondientes al monto capitalizado.

El regulador colombiano aprobó la ley de pago en plazos justos por la que se regulan los plazos de pago y facturación de las operaciones comerciales y la ley que regula el pago anticipado de créditos, permitiendo al consumidor la realización, en cualquier momento, de pagos anticipados parciales o totales sobre el saldo pendiente de su crédito, sin incurrir en ningún tipo de penalización. Además la SFC publicó un Programa de acompañamiento a deudores y medidas de riesgo de crédito con el fin de establecer soluciones estructurales de pago redefiniendo las condiciones de los créditos de los deudores que tengan una afectación de sus ingresos o su capacidad de pago como consecuencia de la situación originada por el Covid-19.

Respecto a Perú, recientemente se aprobó la Ley que establece disposiciones extraordinarias para la reprogramación y congelamiento de deudas a fin de aliviar la economía de las personas naturales y las MYPES como consecuencia del COVID-19. Y en Chile se presentó un proyecto de ley, pendiente de aprobación, que prohíbe excepcionalmente el cobro de multas, intereses, utilización de cláusulas de aceleración, gastos de cobranza judicial y extrajudicial, publicación de morosidades, y llamadas de cobranza, desde la declaración del estado de catástrofe causado por la Covid-19.

Medidas de liquidez

Bajo el Programa de garantías del Fondo Nacional de Garantías (FNG) en Colombia, Bancoldex ha seguido diseñando productos destinados, entre otros, a entidades microfinancieras. En concreto, ha diseñado la Línea de Reactivación TIC con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - MINTIC,  una solución de crédito preferencial dirigida al mantenimiento del capital de trabajo de las empresas del sector de tecnología de información y comunicaciones. Una línea en la que el FNG ha asignado 95.4 mil millones del Programa Unidos por Colombia para garantizar créditos de empresas TIC con cobertura del 80% a las medianas empresas y del 90% a pequeñas empresas y microempresas.

El gobierno peruano ha dictado diversas medidas en línea con las aprobadas durante los primeros meses de la pandemia: aprobó el Reglamento Operativo del Programa de Garantía del Gobierno Nacional para el Financiamiento Agrario Empresarial (FAE-AGRO) por el que se reconoce una Garantía del Ejecutivo de hasta S/ 2 000 000 000,00; creó el Programa de Garantía del Gobierno Nacional para el Financiamiento Agrario Empresarial (FAE-AGRO), con el objeto de garantizar los créditos para capital de trabajo de los agricultores dedicados a la agricultura familiar y aprobó un Programa de Garantía del Gobierno de 5.500 millones para aquellos créditos que se reprogramasen y a los que se les redujera la carga financiera.

Por su parte, el Banco Central de Chile aprobó la segunda fase del programa “Facilidad de Financiamiento Condicional al Incremento de las Colocaciones" destinada a los bancos para facilitar el flujo de crédito por un monto global de 16.000 millones de dólares y en Panamá, se creó el programa de garantía de banca de oportunidades para facilitar el acceso al crédito a las microempresas en su etapa de emprendimiento o que se estuvieran reinventando.

Protección al empleo

La protección al empleo ha seguido siendo uno de los principales asuntos en los que los países han puesto el foco promoviendo, a la par, el teletrabajo como medio para evitar contagios.

Así, en Chile se flexibilizaron los requisitos de acceso a las prestaciones del seguro de desempleo, incrementando además su cuantía, y se activó la Línea Emergencia Laboral COVID; con el objeto de incentivar la retención de empleos para evitar despidos de trabajadores acogidos a la ley Nº 21.227 sobre prestación de desempleo. Asimismo se aprobaron las condiciones específicas de seguridad y salud en el trabajo a que deben sujetarse los trabajadores que prestan servicios en las modalidades de Trabajo a Distancia o Teletrabajo y se ha prestado un especial interés en las mujeres gestantes, modificando el Código del Trabajo para posibilitar el trabajo a distancia o teletrabajo de la trabajadora embarazada, en caso de estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, con ocasión de una epidemia o pandemia.

Disposiciones, estas últimas, muy similares a las adoptadas en Perú, donde se ampliaron las medidas de Protección Laboral para Mujeres Gestantes y Madres Lactantes en casos de Emergencia Nacional Sanitaria y se prorrogó la suspensión perfecta de labores hasta enero de 2021; o en Colombia, donde se instó a las entidades públicas y privadas a priorizar el teletrabajo y trabajo en casa para aquellos empleados cuya presencia no fuera indispensable en la sede de trabajo.

Panamá, donde ya se había aprobado a principios de año la Ley de Teletrabajo, publicó su reglamento, se aprobó una reducción de jornada laboral hasta el 31 de diciembre de 2020, se modificó el Programa de Alimentación para los Trabajadores aumentando el monto del mismo; y se establecieron medidas temporales de protección al empleo de empresas afectadas por la COVID permitiendo al empleador reiniciar su actividad económica progresivamente reintegrando de forma gradual a sus trabajadores con contratos suspendidos.

Bienestar social

Los hogares, que han sido los grandes perjudicados de esta crisis al ver mermados sus ingresos, han seguido percibiendo ayudas gubernamentales a través de la mejora de subsidios ya existentes o creando subsidios nuevos.

A estos efectos, en Perú se creó el “Bono Universal”, un subsidio monetario destinado a hogares en condición de pobreza y pagadero en una nueva modalidad de cuenta de ahorro individual: “Cuenta DNI” –comentada en líneas anteriores-, abierta de manera masiva, automática y gratuitamente, por el Banco de la Nación.

En Chile se modificó el Ingreso Familiar de Emergencia aumentando su cobertura del 60% al 80% de los hogares vulnerables y se aprobó la Ley de Protección de los trabajadores independientes por la que se reconoce el otorgamiento de un crédito de hasta $650.000 mensuales, con una duración máxima de 3 meses,  y la entrega de un subsidio para cubrir entre un 70% y 40% de la caída de ingresos con un tope de $100.000 mensuales. Asimismo, la República ha permitido el retiro excepcional de fondos a los afiliados del sistema privado de pensiones de forma voluntaria hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias. Y, adicionalmente, se ha prohibido, durante noventa días, cortar el suministro por mora de electricidad y gas a ciertos sujetos y/o entidades.

 

Todas estas actuaciones no son sino el reflejo de los obstáculos que cada uno de los países ha tenido que ir sorteando. Unas actuaciones llevadas a cabo considerando las necesidades creadas por la, todavía, desconocida COVID-19.

 

 

[1] Información relativa al periodo 10 de junio de 2020 - 15 de octubre de 2020