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Sostenibilidad

Unión Europea

A finales de diciembre de 2023, la Comisión Europea publicó el Reglamento Delegado 2023/2772/UE, que completa la Directiva (UE) 2022/2464 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de diciembre de 2022 (en adelante, Directiva CSRD) en lo que respecta a la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas sujetas a la misma. 

Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad

El Reglamento recoge el primer conjunto de Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (NEIS) que las compañías deberán utilizar para presentar información sobre sostenibilidad, independientemente del sector en el que operen.

Incluye los siguientes anexos relativos a: Normas transversales y normas sobre cuestiones ambientales, sociales y de gobernanza: Cambio climático; Contaminación; Recursos hídricos y marinos; Biodiversidad y ecosistemas; Uso de los recursos y economía circular; Personal propio; Trabajadores de la cadena de valor; Colectivos afectados; Consumidores y usuarios finales; Conducta empresarial; así como una lista de acrónimos y un glosario con las definiciones que deben utilizarse para llevar a cabo la presentación de información sobre sostenibilidad de conformidad con las NEIS. 

Bonos Verdes

Por otro lado, el 20 de diciembre de 2023 entró en vigor el Reglamento (UE) 2023/2631 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de noviembre de 2023 (Reglamento de Bonos Verdes).

El Reglamento implanta las bases de un marco común para aquellos emisores de bonos en la Unión Europea que quieran etiquetar sus productos como “bono verde europeo”, estableciendo para ellos requisitos obligatorios en relación a la utilización de los ingresos, al folleto que debe publicarse y a los documentos de divulgación de información exigidos.

Incluye también requisitos opcionales (y menos estrictos) de divulgación de información para los bonos comercializados como “medioambientalmente sostenibles” y para los “vinculados a la sostenibilidad”, delegando en la Comisión Europea la publicación de directrices que establezcan plantillas para la divulgación voluntaria de información previa y posterior a la emisión. No obstante, sí recoge el contenido mínimo de dichas plantillas.

 El Reglamento contempla igualmente un régimen especial para los bonos emitidos por soberanos y autoridades locales y regionales, y un régimen específico para bonos de titulización. 

Por último, establece un nuevo sistema para registrar y supervisar a los verificadores externos, administrado por la Autoridad Europea de Valores y Mercados, y dota de facultades supervisoras a las autoridades nacionales competentes para sancionar a los emisores de bonos verdes que no cumplan con el Reglamento.