Actualidad Perú

Reglamento del Dinero Electrónico

Decreto Supremo 090-2013-EF

A través de este dispositivo legal se regula a detalle el procedimiento operativo para ejecutar operaciones con Dinero Electrónico, así como los principales aspectos de las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico (“EEDE”).

Así, se precisa que el “Dinero Electrónico” es un valor monetario almacenado en un soporte electrónico para fines exclusivos de pago (medio de pago). Se indica también que el principal soporte para realizar cualquier operación con Dinero Electrónico es el teléfono celular (tecnología móvil).

Resulta importante destacar que para operar con Dinero Electrónico se requiere necesariamente la existencia de una cuenta bancaria de titularidad del cliente, a través de la cual se efectuarán los pagos y transferencias ordenados por dicho cliente. Esta restricción no sólo busca generar mayor seguridad y confiabilidad en las operaciones con Dinero Electrónico – puesto que supone que las entidades bajo el ámbito de supervisión del sistema financiero son aquéllas que cuentan con los sistemas, canales y condiciones adecuados para atender apropiadamente las operaciones de Dinero Electrónico – sino también, busca mejorar los niveles de inclusión financiera, dado que supone que los clientes que realicen operaciones sencillas con Dinero Electrónico y se familiaricen con éstas, serán más proclives a solicitar otros productos o servicios financieros.