Actualidad Panamá

Promoción y modernización agro de MIPYMEs

Ley 286 de 2022

El pasado 22 de febrero de 2022, se promulgó la Ley 286 por la cual se modificaban algunos artículos de la Ley 105 de 2013, creadora del Programa para la Promoción y Modernización Agropecuaria y Agroindustrial.

Entre los objetivos principales de este programa se encuentran el fomento y mejora de la productividad, competitividad y desarrollo de actividades del sector agrícola y agroindustrial, impulsar el crecimiento sostenible del sector, así como mejorar la cadena productiva de esta actividad en sus diferentes etapas.

Entre las principales modificaciones introducidas a la Ley 105 de 2013, destacan las siguientes:

Certificado de Fomento Productivo

○ Será emitido por la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas (cambio de regulador).

○Podrá ser utilizado por su tenedor para realizar pagos en todo tipo de préstamos bancarios o de entidades financieras, ya sean públicas o privadas. A su vez, podrá utilizarse en todo tipo de compras y transacciones comerciales, tanto de sector público como del sector privado. Se incluyen en este punto los endosos a terceros.

○Estará exento de toda clase de impuestos, tasas, derechos y gravámenes nacionales, no devengará intereses y podrá ser utilizado para el pago de cualquier impuesto nacional, exceptuando los municipales.

○Podrá ser cedido, causando un impuesto sobre la renta a una tarifa definitiva del 5% sobre el monto total del Certificado.

○Este certificado será entregado al beneficiario o a quien éste previamente autorice.

Nuevas funciones de la Comisión Nacional para la Promoción y Modernización Agropecuaria y Agroindustrial

Podrá emitir resoluciones motivadas para reconocer el derecho del beneficiario, recomendando al Ministerio de Desarrollo Agropecuario la emisión del Certificado de Fomento Productivo.

Retroactividad de la norma

○Podrán solicitar nuevamente el beneficio que otorga el Certificado, todas aquellas personas naturales y jurídicas que ejecutaron inversiones en los periodos comprendidos del 1 de noviembre de 2012 al 17 de abril de 2014, siempre y cuando no hayan podido hacer efectivo dicho beneficio en el periodo descrito. Esta nueva solicitud estará exenta de los certificados verificadores requeridos inicialmente, únicamente para este periodo.

○Se reconocen las solicitudes de los Certificados de Fomento presentadas por personas naturales y jurídicas del sector agropecuario y agroindustrial, que correspondan a producciones realizadas en los años 2016, 2017 y 2018 y que aún se encuentren en trámite.