Actualidad Argentina

Programa de Recuperación Productiva PYMES

Ley PYME 27.264

El pasado martes 9 de agosto se publicó en el Boletín Oficial de Argentina la Ley Nº 27.264 denominada “Ley PYME”, a través del Decreto Nº 903/2016, la cual otorga beneficios impositivos a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) en el marco del Programa de Recuperación Productiva.

A continuación se indica una síntesis del nuevo marco regulatorio:

  • Eliminación del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.
  • Compensación del Impuesto a los Créditos y Débitos bancarios: para Micro y Pequeñas Empresas hasta el 100%, para Medianas Empresas del tramo 1, hasta el 50%. La clasificación actual para definir una empresa como PYME depende de las ventas anuales promedio de los últimos tres ejercicios, siendo diferente el corte de acuerdo al sector al que pertenezca la firma:
    • Agropecuario $100.000.000
    • Industria y Minería $360.000.000
    • Comercio $450.000.000
    • Servicios $125.000.000
    • Construcción $180.000.000
  • Diferimiento del Pago del IVA.
    • Para Micro y Pequeñas Empresas, el IVA de un mes se paga a los 90 días, es decir que el IVA de junio se pagará en septiembre, el de julio en octubre, y así sucesivamente.
    • Para Medianas Empresas del tramo 1, se acumulan tres meses para realizar el pago, es decir el IVA de junio, julio y agosto se paga en septiembre, y así sucesivamente.
  • Cuando existan saldos acreedores y deudores de impuestos que no puedan ser compensados según la normativa vigente, el contribuyente podrá solicitar su devolución por la vía de un bono fiscal, según el mecanismo a definir por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Paquete complementario de medidas de fomento a las pymes

  1.      Fomento a las inversiones

Las PYMES podrán desgravar del impuesto a las ganancias hasta el 10% de las inversiones realizadas, y obtener un bono fiscal por el IVA no recuperado de las inversiones realizadas. Este beneficio se incrementará entre un 5% y un 15% para PYMES de economías regionales.

  1.      Programa de recuperación productiva

Se otorga carácter de Ley al Programa de Recuperación Productiva del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, elevando los montos para las PYMES y garantizando la simplificación del trámite administrativo. Este programa, que ya había sido renovado por el gobierno, permite a empresas en situación de crisis solicitar un subsidio al pago de salarios para evitar el despido de personal.

  1.      Promoción de la competitividad PYMES

En el ámbito de la Secretaría de Emprendedores y PYMES se crea un Consejo Consultivo Público-Privado de monitoreo y competitividad. Este Consejo da rango de Ley al Instituto de Competitividad PYME.

  1.      Mayores opciones de financiamiento

Se otorgan mayores garantías para PYMES y una mayor bonificación de tasas a entidades no financieras y a PYMES que emitan instrumentos bajo el régimen de oferta pública.

Además, se mejora el pagaré que permitirá a las PYMES contar con un instrumento para financiarse a medio plazo en el mercado de valores. Para ello, se permite establecer un  sistema de amortización en cuotas, y que las Sociedades de Responsabilidad Limitada emitan obligaciones negociables.

  1.      Nuevas líneas de financiamiento

Se renueva la Línea de Crédito de Inversión Productiva, ampliando del 14% al 15.5% el cupo prestable de la banca comercial destinado a las PYMES. Esto supone 63.000 millones de pesos adicionales en el segundo semestre del 2016, con una tasa del 22%.

Se amplía el porcentaje asignado al descuento de cheques en la Línea de Crédito de  Inversión productiva para que más PYMES puedan acceder a financiamiento a corto plazo. Se lanza y promueve “Primer Crédito PYMES”, a través del Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE) del Ministerio de Producción. Con esta línea, las PYMES que en los últimos dos años no pudieron acceder a financiamiento bancario, podrán hacerlo a tasas preferenciales del 16%.

Se incluyen más bonificaciones de tasa y acceso a financiamiento para capital de trabajo, inversiones y eficiencia energética a través de los Programas del Ministerio de Producción, con tasas que van del 9% al 18%, plazos hasta 7 años y montos hasta 10 millones.

  1.      Alivio fiscal

Se difiere la liquidación del IVA a 90 días para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas tramo 1, mejorando las condiciones financieras a corto plazo, lo que implica 5.000 millones de pesos adicionales para su financiamiento.

Se reducen los saldos de libre disponibilidad mediante la automatización en la emisión del certificado de no retención de IVA, así como con el incremento de umbrales y mínimos de los regímenes de retención de IVA y Ganancias. De esta forma, menos PYMES sufren retenciones o deben hacerlas, mejorando su situación de caja financiera y reduciendo sus trámites.

  1.      Registro PYME

Se desarrolla un aplicativo en conjunto con la AFIP para que las empresas puedan obtener una constancia de categorización PYME. La finalidad de este registro es:

  • Contar con información actualizada sobre la composición y características de los diversos sectores Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, que permita el diseño de políticas e instrumentos adecuados para el apoyo de estas empresas;
  • Recabar, registrar, digitalizar y resguardar la información y documentación de empresas que deseen o necesiten acreditar, frente a la autoridad de aplicación o cualquier otra entidad pública o privada, la condición de Micro, Pequeña o Mediana Empresa conforme las pautas establecidas por la autoridad de aplicación;
  • Emitir certificados de acreditación de la condición de Micro, Pequeña o Mediana Empresa, a solicitud de la empresa, o por requerimiento de autoridades nacionales, provinciales y municipales.