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Mayor flexibilidad y acceso a financiación para Pymes

Ley 5/2015, de fomento de la financiación empresarial, de 27 de abril de 2015

El 27 de abril de 2015 fue aprobada en España la Ley 5/2015, de fomento de la financiación empresarial. En Progreso 2 adelantábamos los puntos fundamentales del Proyecto de Ley. El propósito fundamental de esta disposición es flexibilizar y facilitar el acceso a la financiación de las Pymes. Por ello, regula métodos de financiación no bancaria como el “crowdfunding” y el “crowdlending”, que permiten invertir en proyectos de manera directa, a través de plataformas tecnológicas.

Cabe destacar algunos aspectos que introduce la norma, con relación a estos créditos de financiación participativa, y que han variado respecto al Proyecto de Ley:

  • La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) se configura como el órgano responsable de la supervisión, inspección y sanción de los proyectos que se acojan a este modelo de financiación.
  • Para constituir una plataforma de “crowdfunding”, el capital social mínimo deberá ser de 60.000 €, desembolsado en efectivo de manera íntegra.
  • Se limitan los requisitos de transparencia que deben cumplir estas plataformas tecnológicas, de tal forma que únicamente deberán hacer accesible la información en sus páginas web.
  • Se han ampliado considerablemente los límites para poder invertir en los proyectos financiados a través del crowdfunding. Para el caso de inversores acreditados o profesionales, se han ampliado de 2 a 5 millones de euros los fondos que pueden  invertir. Para los inversores no acreditados se aumenta de 6.000 a 10.000 euros el importe máximo de inversión en un periodo de 1 año.

La inversión en proyectos a través del “crowdfunding” en España se encuentra todavía en una fase muy precoz. Sin embargo, las novedades que se han introducido en el Parlamento suponen un mayor avance para el acceso de financiación de las Pymes.