Actualidad Argentina

Beneficios impositivos para las PYMES

Decreto 1101/2016 que reglamenta la Ley 27.264

El Gobierno argentino ha publicado el Decreto 1101/2016 que reglamenta los Títulos II, III y V de la Ley Pyme 27.264, aprobada el pasado julio, por la que se creó el Programa de Recuperación Productiva para las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), mediante el otorgamiento de beneficios fiscales.

La norma excluye del impuesto a la Ganancia Mínima Presunta a las mipymes cuyos períodos fiscales comiencen en enero de 2017. Además les computa como pago a cuenta en ganancias el monto ingresado por el tributo sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias (el 100% para las mipymes y 50% para las industrias "medianas tramo 1") aclarando que el remanente no podrá trasladarse al siguiente ejercicio. Otorga la posibilidad de diferir el ingreso del saldo resultante de la declaración jurada del IVA (que igualmente deberá presentarse todos los meses) y pagar el saldo a los 90 días de su facturación.

El Decreto prevé beneficios impositivos con un diferencial de entre un 5% y un 15% para las economías regionales, siendo necesario que el Ministerio de Producción elabore un dictamen técnico, y la posibilidad de desgravar ganancias hasta el 10% de las inversiones productivas realizadas, así como devolver el IVA de las inversiones en bienes de capital e infraestructura a través de un bono de crédito fiscal. Asimismo eleva los umbrales de retención de IVA en un 135% y de percepción de ganancias en un 400%. 

Para poder acogerse a los beneficios impositivos, las empresas deberán registrarse como pymes y presentar una declaración jurada con clave fiscal en la página web del organismo (formulario 1272, de solicitud de categorización y beneficios), que incluye el nivel de ventas y de empleo del solicitante.y permite otorgar a las micro empresas certificados de no retención de IVA automático.

Los beneficios caducarán cuando, en el ejercicio fiscal en que se computó el beneficio y en el siguiente, la empresa redujera el nivel de empleo en un 5% en relación al promedio declarado en el ejercicio anterior.