Actualidad Colombia

Modificación del esquema de clasificación empresarial

Proyecto de Decreto

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo del Gobierno colombiano ha publicado un proyecto de decreto a través del cual busca modificar la clasificación de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipyme) para definir cargas, beneficios o consecuencias conforme a la normativa vigente, utilizando como criterio exclusivo los ingresos por actividades ordinarias anuales de la empresa.

Mientras el régimen actual está basado en el número de trabajadores y activos totales de las empresas, sin discriminar los sectores económicos que se traten, la modificación pretende establecer un esquema de clasificación empresarial basado en los ingresos anuales de las empresas, discriminando dicha clasificación en tres grandes sectores económicos: i) sector manufacturero, ii) sector servicios, y iii) sector comercio.

De este proyecto de decreto cabe destacar que, además de modificar completamente el régimen de clasificación empresarial en Colombia, establece que esta nueva clasificación no aplicará para la procedencia de beneficios fiscales o tributarios. De igual manera, se establece que tal clasificación no aplicará en el evento que la ley disponga una clasificación diferente en otros casos particulares.

Además de lo anterior, y teniendo en cuenta que la nueva clasificación empresarial se basaría en los ingresos por actividades ordinarias de las empresas, el proyecto establece que la verificación de los ingresos de las Mipyme se deberá efectuar con la presentación de los resultados del año inmediatamente anterior a aquél para el cual se pretende realizar la clasificación de la empresa bajo este nuevo esquema. Asimismo, se dispone que los ingresos anuales de las empresas deberán ser reportados al Registro Único Empresarial y Social (RUES)*, aspectos que pueden resultar contraproducentes para la actividad microfinanciera dada la dificultad de contar con información contable formalmente llevada entre los destinatarios de los créditos; así como para los objetivos de bancarización que se ha planteado el Gobierno, por el alto índice de informalidad en el que operan las microempresas en Colombia.

RÉGIMEN ACTUAL:

Microempresa:

  • Número trabajadores: No superior a 10
  • Activos totales (SMMLV): <500; < USD 112.237

Pequeña empresa:

  • Número trabajadores: Entre 11 y 50
  • Activos totales (SMMLV): 501 - <5000; USD 112.237 - <USD 1.122.373

Mediana empresa:

  • Número trabajadores: Entre 51 y 200
  • Activos totales (SMMLV): 5001 - < 30.000; USD 1.122.373 - < USD 6.734.200

 

MODIFICACIONES PROPUESTAS:

Ingresos por actividades ordinarias anuales (SMMLV)

Sector manufacturero

  • Microempresa: < 1.000; < USD 224.400
  • Pequeña empresa: > 1.000 - < 8.700;  > USD 224.400 -  < USD 1.952.900
  • Mediana empresa: > 8700 - < 73.700; > USD 1.952.900 - < USD 16.543.700

Sector servicios

  • Microempresa: < 1.400; < USD 314.264
  • Pequeña empresa: > 1.400 - < 5.600; > USD 314.264 - < USD 1.257.000
  • Mediana empresa: > 5600 - < 20.500; > USD 1.257.000 - < USD 4.601.700

Sector comercio

  • Microempresa: < 1.900; < USD 426.500
  • Pequeña empresa: > 1900 - <  18.300; > USD 426.500 - < USD 4.107.800
  • Mediana empresa: > 18.300 - <91.700; > USD 4.107.800 -  < USD 20.584.300

 

 

 

* El Registro Único Empresarial y Social – RUES – es un registro nacional que integró el Registro Mercantil y el Registro Único de Proponentes (registro de las personas naturales y/o jurídicas que quieran contratar con el Estado Colombiano) y que además, incorpora los siguientes registros: i) Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro; ii) Registro Nacional Público de vendedores de Juegos de Suerte y Azar; iii) Registro Público de Veedurías Ciudadanas; iv) Registro Nacional de Turismo; v) Registro de Entidades Extranjeras de Derecho Privado sin Ánimo de Lucro; vi) Registro de la Economía Solidaria.