Actualidad Guatemala

Ley de fortalecimiento al emprendimiento

Iniciativa de Ley

La Comisión de Pequeña y Mediana Empresa del Órgano Legislativo presentó en febrero la Iniciativa de Ley de Fortalecimiento al Emprendimiento, con el objetivo de impulsar el emprendimiento como una herramienta eficaz para la producción de riqueza y empleo en el país y como motor necesario para reducir la pobreza.

Se trata de crear un marco jurídico para el emprendimiento con las condiciones y herramientas necesarias para aumentar su productividad y competitividad en el mercado, facilitar el acceso a financiamiento e incluirlas en el sistema formal guatemalteco.

Empresa de Emprendimiento

La empresa de emprendimiento se define como aquella en virtud de la cual una o varias personas, físicas o jurídicas, destinan parte de su patrimonio a una actividad emprendedora específica, limitándose su responsabilidad civil al monto del capital aportado y constituyendo una persona jurídica distinta.

Para constituir una empresa de emprendimiento deberá cumplimentarse el formulario de inscripción emitido por el Registro Mercantil General, siendo el único requisito para la inscripción y no generando coste alguno. El formulario incluirá: nombre completo, documento de identidad, domicilio y residencia; denominación de la empresa seguida de las siglas “E.E.”; sede social; capital y cuotas en que se integra, y forma de administración y representación legal.

Al realizar la inscripción se expedirá una patente a favor de la empresa, y se publicará el edicto de aprobación de Empresa de Emprendimiento en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, sin coste alguno.

La empresa de emprendimiento tendrá una duración máxima de 48 meses desde la fecha de emisión de la patente, transcurridos los cuales deberá constituirse en alguna de las figuras tipificadas en el Código de Comercio.

La administración de la empresa corresponderá al titular o a quien este designe, y será quien la represente judicial y extrajudicialmente.

Fondo de Inversión para el Emprendimiento

La Iniciativa crea el fondo de inversión “Fondo Guatemala Emprende”, adscrito al Ministerio de Economía, para financiar a las empresas de emprendimiento que estén debidamente registradas en el Registro Mercantil.

El Fondo estará regido por un Comité Directivo, conformado por 6 personas, 2 autoridades del Ministerio de Economía, 1 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y 3 representantes de los Ministerios de Educación, de Finanzas Públicas y de Desarrollo Social.

El funcionamiento del Fondo y del Comité Directivo y sus órganos, así como los requisitos para acceder a financiación se recogerá en un reglamento específico que el legislador deberá desarrollar los 60 días después de la entrada en vigor de la Ley.

Unidad de Fortalecimiento al Emprendimiento

El Viceministro de Desarrollo de Microempresa, Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía conformará la Unidad de Fortalecimiento al Emprendimiento (UFE), que será el órgano encargado de promover y ejecutar las políticas, programas y proyectos de emprendimiento, y de fomentar las condiciones adecuadas para atraer a inversionistas a la red de emprendedores.

Esta Unidad junto con el Instituto Nacional de Estadística, elaborarán indicadores para evaluar el impacto de las políticas públicas en materia de emprendimiento.

Formación, educación y sensibilización

Se crearán centros de formación y el acompañamiento a los emprendedores, brindando especial apoyo a aquellos que operen en zonas en situación de vulnerabilidad, pobreza o pobreza extrema.

Además, se promoverá la promoción e implementación de programas de enseñanza sobre emprendimiento en la educación primaria, secundaria y universitaria.