Actualidad Colombia

Introducción al régimen de crédito agropecuario

Samuel Lozano Tovar. Servicios Jurídicos Bancamía

Siendo un sector que por largos años ha sido deprimido por los diversos conflictos sociales, la pobreza y, más recientemente, por el azote del cambio climático; el desarrollo de las zonas rurales ha sido un imperativo para los últimos gobiernos en Colombia. Dentro de los aspectos que se han identificado como de mayor sensibilidad para el desarrollo de las zonas rurales, está el acceso a la financiación. Dado lo anterior, desde el año 1991, mediante la Ley 16, se creó el Sistema Nacional de Crédito Agropecuario (SNCA), cuyos objetivos principales son la formulación de la política de crédito para el sector agropecuario, así como la coordinación y racionalización del uso de sus recursos financieros, con el propósito de proveer y mantener un adecuado financiamiento de las actividades de dicho sector.

Este SNCA es dirigido por la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario – CNCA, cuerpo colegiado conformado principalmente por representantes de alto nivel del Gobierno, que se encarga de fijar las políticas y directrices generales para que la irrigación de recursos crediticios tenga impacto en la actividad agropecuaria. El SNCA en general funciona a través de tres niveles. El primero de ellos lo constituye el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario – FINAGRO, entidad que además de ejercer la Secretaría Técnica de la CNCA, se encarga de ejecutar las políticas que aquella fija y de manejar los recursos e instrumentos necesarios para financiar las actividades agrícolas. Para lo anterior, FINAGRO emite títulos valores especiales denominados “Títulos de Desarrollo Agropecuario” - TDAs, cuyas condiciones generales son reglamentadas por la Junta Directiva del Banco Central y en los que deben invertir de forma obligatoria las entidades financieras que operan en el país. Con los recursos captados de esta manera, FINAGRO fondea sus actividades y actúa como entidad de segundo piso, esto es, otorga recursos en condiciones de fomento a intermediarios financieros, con el objeto de que éstos por su parte los distribuyan entre el campesinado y los agricultores en general (redescuento). El segundo nivel lo conforman los bancos de primer piso y demás entidades financieras (entre ellos BANCAMÍA, entidad que hace parte del Grupo de la Fundación Microfinanzas BBVA); y el tercer nivel está conformado por los beneficiarios de las políticas, créditos y demás instrumentos.

Adicionalmente, a FINAGRO se le ha asignado la responsabilidad de administrar el Fondo Agropecuario de Garantías – FAG, que sirve como fondo especializado para respaldar créditos y microcréditos otorgados a proyectos del sector agropecuario y rural.

En desarrollo de lo anterior, se han creado diferentes líneas de crédito (créditos asociativos con responsabilidad individual, créditos con esquemas asociativos, microcréditos agropecuarios y rurales, entre otros), y de garantías especiales según cada línea de crédito, que contribuyen al desarrollo del sector rural, en la medida en que facilitan el acceso al financiamiento y a los demás instrumentos de apoyo establecidos en la política pública colombiana. Para estructurar y soportar todo el Sistema descrito, desde la CNCA y FINAGRO se ha expedido la reglamentación aplicable tanto a crédito agropecuario y rural, como a sus garantías, incentivos y subsidios, entre otros aspectos. Dicha reglamentación está compuesta por resoluciones y circulares que podrán consultarse a través de Progreso.