Actualidad República Dominicana

Instructivo sobre evaluación de idoneidad y adecuación

Circular SIB 004/17

La Superintendencia de Bancos de la República Dominicana ha publicado el “Instructivo sobre evaluación de idoneidad y adecuación de los accionistas, miembros del consejo, alta gerencia y personal clave de las entidades de intermediación financieras” (en adelante, “El Instructivo”).

El principal objetivo de esta disposición es que las entidades de intermediación financiera, previo a su incorporación en la entidad y sobre una base continua, evalúen a los accionistas significativos (definidos como aquellos con más del 3% del capital), miembros del consejo de administración, alta gerencia y personal clave, para fortalecer la calidad del trabajo del personal significativo de las entidades y los controles para la prevención de lavado de activos y financiamiento al terrorismo.

Con este Instructivo, el órgano regulador trata de fortalecer el sistema financiero dominicano a través de una supervisión más cercana que le permita un mayor conocimiento de los principales actores del sistema y sus vinculados, evitando crisis financieras que desemboquen en la supresión o clausura de alguna entidad.

Declaración jurada

Para el cumplimiento del Instructivo, las entidades deben establecer las políticas y procedimientos internos para evaluar y monitorear la idoneidad y adecuación de los sujetos a evaluación, por lo menos una vez al año.

Los accionistas significativos, miembros del consejo, alta gerencia y personal clave de la entidad deberán cumplimentar un formulario, firmado y notarizado, y que se referirá a:

  • Fortaleza financiera, para los accionistas.
  • Integridad y reputación, para los accionistas, miembros del consejo de administración, alta gerencia y personal clave.
  • Competencia y capacidad, para los miembros del consejo, alta gerencia y personal clave.

Procedimiento de evaluación

Las entidades de intermediación financiera deberán remitir las evaluaciones a la Superintendencia de Bancos, manteniendo en sus archivos una copia de las mismas. Además, deberán mantener una lista de las empresas nacionales e internacionales donde los miembros del consejo de administración tengan cualquier tipo de participación: accionaria o de gestión.

Medidas correctivas

El Instructivo contempla la posibilidad de medidas correctivas si de la evaluación no se obtiene un resultado óptimo en cuanto a la idoneidad o adecuación de los sujetos evaluados, que dependerán de la situación particular o deficiencias presentadas por este: ajustar sus responsabilidades, recibir capacitación, proceder con su reemplazo o despido, etc.