Actualidad Colombia

Inclusión financiera, innovación y lavado de activos

Circular Externa 027 (SARLAFT 4.0)

El pasado mes de septiembre la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) publicó la Circular Externa 027 (SARLAFT 4.0) en la que se disponen instrucciones relativas al sistema de administración del riesgo de lavado de activos y de financiación del terrorismo con el compromiso del supervisor colombiano en la promoción de la innovación y la inclusión financiera mediante el desarrollo y adopción de nuevas tecnologías.

Mediante la expedición de esta Circular, y con el fin de mejorar los sistemas de gestión de riesgo de las entidades vigiladas, la SFC crea un espacio propicio para avanzar aún más en temas de innovación y profundizar la inclusión financiera a través de la promoción de mecanismos tecnológicos que facilitan la vinculación de nuevos clientes mediante la utilización de canales digitales.

Esta norma actualiza las instrucciones relativas a la administración del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo considerando los mejores estándares y prácticas internacionales y dentro de los aspectos destacados de esta nueva versión del Sarlaft, se encuentran los siguientes:

  • Promoción de la adopción de herramientas tecnológicas para adelantar vinculación de clientes a través de canales digitales y se elimina la obligatoriedad de diligenciar el formulario de vinculación
  • Posibilidad de implementar procedimientos simplificados de conocimiento de cliente para las operaciones, productos o servicios.
  • Establecimiento de políticas y procedimientos que les permitan identificar y verificar la identidad del potencial cliente al momento de su vinculación en ambientes presenciales y no presenciales.

El Sarlaft 4.0 introduce asimismo novedades relativas a los aportes de bajo monto en fondos de pensiones de jubilación e invalidez voluntarios, las operaciones de intermediación de bajo monto en el mercado de valores, las reglas para la administración de este riesgo aplicables a la actividad de custodia de valores, y la adquisición de participaciones de bajo monto en fondos de inversión colectiva.

La reciente Circular contempla además, un régimen de transición de 12 meses en el que las entidades vigiladas deberán ajustar su Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación al Terrorismo, considerando las instrucciones impartidas.