Actualidad Colombia

Regulación de las sociedades de Beneficio e Interés Colectivo

Proyecto de Decreto - Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Con la promulgación de la Ley 1901 de 2018, el Gobierno de Colombia abrió la posibilidad de que cualquier tipo de sociedad pudiera adoptar el estatus legal de sociedad de Beneficio e Interés Colectivo (BIC), lo que implica que tengan un propósito social y ambiental que vaya más allá del beneficio e interés para sus accionistas.

En virtud de dicha ley, los directores y gestores de las compañías que adopten este estatus deben dar absoluta relevancia al interés social y ambiental de la empresa y velar por la transparencia en el reporte de su impacto social en todas las dimensiones: modelo de negocio, gobierno corporativo, prácticas laborales, prácticas ambientales y prácticas con la comunidad. Además, el representante legal de la compañía será el encargado de hacer cumplir el propósito social y ambiental, lo cual se deberá ver reflejado necesariamente en el respectivo informe de gestión.

En línea con lo anterior, buscando regular de manera más detallada este tipo de sociedades, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo presentó recientemente un proyecto de decreto por medio del cual dicta las instrucciones para su funcionamiento y establece los incentivos que tendrán las empresas que adopten la calidad de “BIC”:

  • Derecho a un 50% de descuento sobre el valor de la tarifa de Registro Mercantil
  • La Superintendencia de Industria y Comercio deberá considerar la condición de sociedad BIC al determinar las tasas aplicables al registro de signos distintivos y nuevas creaciones
  • Exención del Impuesto a la Renta sobre las utilidades de las acciones entregadas a trabajadores
  • Acceso preferencial a líneas de crédito
  • Reducción en tarifa del impuesto de Retención en la Fuente
  • Puntaje adicional en procesos de contratación con el estado