Actualidad Costa Rica

Reglamento de la Ley de Protección al Minoritario

Decreto Ejecutivo Nº 40406-MEIC

El artículo 3 de la Ley Nº 9392 del 24 de agosto de 2016 de Protección al Inversionista Minoritario, incorporó al Código de Comercio el artículo 32 ter, el cual buscaba que las empresas, sociedades y otras figuras reguladas en dicho Código, adoptaran políticas de gobierno corporativo, aprobadas por la Junta Directiva u órgano equivalente.

En mayo 2017 se publicó el Reglamento al referido artículo 3 para establecer las lineas generales que las Juntas Directivas u órganos equivalentes deben considerar para la emisión de sus políticas de gobierno corporativo.

En este sentido, los órganos de gobierno deberán adoptar políticas que contengan criterios que permitan identificar relaciones de influencia e interés entre personas y entidades; así como la divulgación de informes de resultados del ejercicio anual:

  • Criterios para identificar relaciones de influencia e interés entre personas y entidades

Definen las fórmulas para identificar relaciones de influencia e interés entre personas y entidades, que afecten al patrimonio de la entidad, debiendo ésta realizar una evaluación de la esencia de cada posible relación.

  • Criterios para la divulgación de la información por parte de las Mipymes y de todas aquellas entidades que no coticen sus valores en Bolsa

Las transacciones de adquisición, venta, hipoteca o prenda de activos de aquellas empresas, sociedades y otras figuras reguladas por el Código de Comercio y que se encuentren clasificadas como Mipymes por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, así como aquellas que no coticen sus valores en Bolsa, con un monto igual o superior al diez por ciento (10%) de los activos totales al cierre del mes anterior de la transacción, deberán ser comunicadas a los socios, accionistas o inversionistas de manera inmediata, oportuna, periódica, precisa y eficiente, así como divulgarse en el informe de resultados del ejercicio anual.

El Reglamento define además, ciertos conceptos como conflictos de interés, control, control conjunto, gobierno corporativo, hecho relevante, influencia significativa, información relevante y órgano equivalente.

Con la publicación del Reglamento se trata de fomentar la transparencia y la confianza en los mercados y de proteger a los inversionistas.