Actualidad Colombia

Modificaciones a la Ley de Habeas Data

Proyecto de Ley 141-2017

En el fomento de garantías para los titulares de información que reposa en los burós de crédito, se ha emitido proyecto de normativa mediante el cual se busca introducir varias modificaciones al régimen General de Habeas Data, y que retoman un Proyecto de Ley anterior, comentado en el número 8 de Progreso.

Dentro de las modificaciones a realizar, se destacan las siguientes:

  • Modificación del término máximo de permanencia de reportes negativos, de 4 a 2 años contados desde la extinción de la obligación.
  • Obligación de reporte de las Entidades Financieras a los Burós de Crédito sobre novedades de información de sus clientes, mínimo una vez al mes. .
  • No se podrá disminuir la calificación interna dada a un titular por la consulta realizada por otras entidades en los Burós de Crédito. Además, dichas consultas serán gratuitas en todo momento y no podrán usarse con fines laborales.

Adicionalmente, se incluyen aspectos no regulados en la legislación actual como:

  • Eliminación inmediata del dato negativo para obligaciones extinguidas cuyo valor sea menor o igual al 20% de un salario mínimo mensual legal vigente (€43 aproximadamente).
  • Caducidad del dato negativo de 5 años desde la entrada en mora de la obligación o la terminación del proceso de cobro judicial.
  • Se fija procedimiento especial para la eliminación de reportes negativos en casos de suplantación.

Finalmente, el proyecto normativo propone un periodo de transición de 6 meses, durante el cual el reporte negativo de los titulares que ya hubieren pagado sus obligaciones o que las extingan dentro de los seis (6) meses siguientes de la entrada en vigencia de la ley, permanezca por un periodo máximo de 6 meses desde la extinción de su obligación.