Actualidad Noruega

Medidas de debida diligencia para respetar los derechos humanos básicos

Ley de transparencia

El pasado mes de junio, y en la misma línea que la ley alemana que comentamos en este número de Progreso, se aprobó en Noruega la Ley de Transparencia.

El objetivo de la nueva norma es que las empresas respeten los derechos humanos básicos y las condiciones de trabajo dignas a lo largo de las cadenas de suministro en la producción de bienes y servicios, y que informen al público en general de la forma en que se hacen cargo de las consecuencias negativas de sus actividades.

Medidas de debida diligencia

La ley exige a las empresas que lleven a cabo medidas de debida diligencia a lo largo de toda su cadena de suministro y en todas sus relaciones comerciales.

La debida diligencia deberá ser un proceso continuo, y se realizará teniendo en cuenta el tamaño y la naturaleza de la empresa y su contexto operativo. En caso de incumplimiento, tanto las compañías como sus representantes se enfrentarán a posibles multas u órdenes judiciales.

Deber de informar

Las compañías tendrán el deber de informar sobre los resultados de las diligencias realizadas y, como mínimo, sobre cómo está organizada la empresa, sus áreas de operación, las pautas y rutinas para prevenir sus riesgos y las posibles consecuencias negativas de sus operaciones. Además, deberán informar, tanto a las autoridades como a cualquier interesado, sobre aquellos impactos negativos reales, los riesgos significativos identificados y las medidas adoptadas para prevenirlos o  detenerlos.

La anterior información deberá estar disponible en su página web corporativa y actualizarse, o bien anualmente, o bien cada vez que se produzca algún cambio significativo en los riesgos.

Derecho de información

La ley confiere al público en general el derecho de solicitar a las empresas toda la información que consideren en este ámbito. En caso de que las empresas rechacen las solicitudes de información, podrán ser denunciadas ante las autoridades de protección al consumidor del país (Autoridad del Consumidor y el Consejo de Comercialización). No se contempla, no obstante, ningún mecanismo de protección para los damnificados en caso de querer poner de manifiesto estas actuaciones ante las autoridades.

Alcance

La ley es aplicable a todas las empresas (de tamaño grande o mediano, según las normas de contabilidad del país) domiciliadas en Noruega, así como a las empresas extranjeras que venden productos y servicios en el territorio; siempre que cumplan al menos dos de los tres criterios siguientes:

  • Al menos 50 trabajadores al año
  • Facturación de, al menos, 70 millones de coronas noruegas (7 millones de euros aprox.)
  • Saldo de, al menos, 35 millones de coronas noruegas (3,5 millones de euros aprox.)