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Mayor responsabilidad para consejeros

Reforma al Anejo IX de la Circular contable 4/2004

El próximo 1 de octubre entrará en vigor la reforma al Anejo IX de la Circular contable 4/2004, aprobada el pasado mes de mayo por el Banco de España (BE). La actualización tiene como fin adaptar la normativa contable a los últimos desarrollos en regulación bancaria, manteniendo su plena compatibilidad con el marco contable conformado por las NIIF.

En concreto, refuerza materias que afectan a: i) las políticas, metodologías, procedimientos y criterios para la gestión del riesgo de crédito, incluyendo los relativos a las garantías recibidas, en aquellos aspectos relacionados con la contabilidad; ii) la clasificación contable de las operaciones en función del riesgo de crédito, y iii) las estimaciones individuales y colectivas de provisiones.

La reforma vincula la responsabilidad de los miembros del consejo de administración a la aprobación de las políticas crediticias y de los criterios de gestión del riesgo de crédito. En concreto, la reforma recoge que los consejeros deberán:

  • Aprobar los criterios de gestión del riesgo de crédito, fundamentalmente en lo relativo a las provisiones, así como hacer una evaluación, seguimiento y corrección de dichos criterios.
  • Aprobar por escrito dichas políticas de crédito, detallando la información utilizada para evaluar las operaciones de financiación, los parámetros empleados para estimar las provisiones, los procesos internos con los que cuenta el banco para revisar esas coberturas y la periodicidad de revisión.
  • Aprobar por escrito la política de valoración de las garantías reales de los créditos que concede. El BE exigirá a los consejeros que definan la frecuencia y los mecanismos por los que verificarán una posible devaluación de dichas garantías; y que justifiquen los criterios con los que han seleccionado a las compañías encargadas de realizar dichas valoraciones.

Los órganos de control interno de cada entidad revisarán las metodologías y procedimientos aplicados e informarán periódicamente sobre los mismos al Consejo, como último responsable, comunicándose anualmente al BE las medidas correctivas adoptadas.

Con esta reforma se reflejan las tendencias internacionales sobre responsabilidad de los consejeros y su interacción con la alta dirección sobre cuestiones estratégicas concretas.