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La protección de datos personales como derecho constitucional

Proyecto de ley que modifica el artículo 19.4 de la Constitución

El 15 de mayo de 2018 el Senado chileno aprobó la modificación del artículo 19.4 de la Constitución para elevar a rango constitucional el derecho a la protección de datos personales. El mencionado artículo contemplaba la protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia y se ha modificado con la inclusión de la protección de datos personales. El precepto se remite a un desarrollo legal de este derecho, que actualmente está recogido en la ley nº19.628 sobre protección de la vida privada del año 1999.

Chile es miembro de la Red Iberoamericana de Protección de Datos y el pasado 22 de junio de 2017 acogió en Santiago de Chile el XV Encuentro Iberoamericano de Protección de Datos, en el que se resaltó el principio fundacional de la Red del derecho a la protección de datos personales como un derecho fundamental de todas las personas, ajeno a consideraciones de nacionalidad, jurisdicción o territorio.

Actualmente, en Chile se está debatiendo un Proyecto de Ley de Protección de Datos Personales que modificará la actual ley sobre protección de la vida privada, en el que una de sus disposiciones más novedosas para Chile es la creación de una Agencia de Protección de Datos que vele por la protección de los derechos y libertades de las personas titulares de datos y por el adecuado cumplimiento de las normas. La futura agencia estará dotada de facultades para regular, supervisar, fiscalizar y en última instancia, sancionar los incumplimientos. Chile se suma así a otros países de la región que ya cuentan con una autoridad de protección de datos, como son Argentina, Colombia, México, Perú y  Uruguay.

La presencia de una agencia de protección es uno de los elementos que la Comisión Europea tiene en cuenta para considerar si  una jurisdicción fuera de la Unión Europea tiene o no un régimen equiparable de protección con el vigente Reglamento Europeo de Protección de Datos (en vigor a partir del pasado 25 de mayo de 2018), y cuya consecuencia es la legalidad de las transferencias internacionales de datos entre estos países sin necesidad de autorizaciones previas por parte de las autoridades de control.