Actualidad Perú

Empoderamiento de las mujeres rurales e indígenas

Ley Nº 31168

El pasado mes de abril se aprobó la Ley Nº 31168 que promueve el empoderamiento de las mujeres rurales e indígenas con el objetivo de fortalecer, mediante acciones afirmativas, el empoderamiento, la igualdad de oportunidades y el desarrollo integral de las mujeres rurales e indígenas, potenciando su autonomía económica, cultural, social, a través de capacitación y financiamiento productivo.

Situación actual en Perú

Cabe indicar que, conforme a la exposición de motivos de la presente ley, en Perú existe una gran población rural y, dentro de ella, un importante número de mujeres (se estima de 3.5 millones aproximadamente). Es así que, la ley se sustenta que la pobreza rural es uno de los principales desafíos de las autoridades peruanas y, a su vez, la mujer rural se constituye como uno de los actores claves para la ruptura del círculo de la pobreza.

En el capítulo I de la Exposición de motivos se indica lo siguiente:

“La situación de las mujeres en las zonas rurales no es ajena a la situación de los pueblos indígenas donde no solo viven en condiciones de precariedad sino también en vulneración de derechos desencadenando la discriminación de género, clase, étnica, entre otras violencias estructurales e interseccional basadas en las relaciones de poder. De esa manera la situación general de las mujeres indígena (Sic) se ve expuestas a la pobreza, la marginalidad, la privación de sus propios espacios de desarrollo, educación escasa y poco pertinente a su propia cosmología, limitado acceso a la salud y una vivencia violenta desde lo cotidiano”

En ese sentido, se indica que esta problemática debe ser abordada bajo cuatro (4) aspectos: (i) la educación, (ii) la capacitación técnica, productiva y financiera, (iii) la participación social y política, y (iv) la lucha contra los diferentes tipos de violencia.

Será importante apreciar cómo las autoridades peruanas implementan, dentro de sus respectivas competencias, enfoques, planes y estrategias a fin de promover el desarrollo integral de las mujeres rurales e indígenas. Si bien la Ley pudo haber sido más ambiciosa en cuanto a la gestión del Estado en esta materia, se considera que es un importante paso para promover en la agenda pública (y hasta privada) un enfoque de género específico para las mujeres rurales e indígenas, quienes tienen necesidades, intereses y una problemática distinta a la mujer urbana.

Mujeres rurales

La norma define como “mujeres rurales” aquellas que, residiendo en zonas rurales, realizan actividades relacionadas directa o indirectamente con la productividad y sustentabilidad rural, incluso si dicha actividad no es reconocida por los sistemas de información y medición del Estado o no es remunerada; asimismo, las mujeres rurales pueden auto identificarse como indígenas, nativas, afrodescendientes o mestizas.

Programas de empoderamiento

Además, la Ley indica que se elaborarán programas dirigidos específicamente a las mujeres rurales e indígenas en materia de (i) planes de negocio, proyectos productivos, asistencia técnica y manejo de tecnologías agrícolas; y, (ii) financiamiento y acceso a créditos.

En esa línea, la norma culmina declarando de necesidad pública e interés nacional la creación del “Fondo de Emprendimiento de la Mujer Rural e Indígena”, el cual estará orientado a financiar emprendimientos productivos desarrollados por estas mujeres.