Actualidad Ecuador

Cambiar la Ley para garantizar el empoderamiento económico de la mujer

Laura Fernández, responsable de Empoderamiento Económico de la Mujer de la FMBBVA

Laura Fernández

Proyecto de Ley Orgánica para el Desarrollo Social, Político y Económico de la Mujer

Recientemente el Banco Mundial celebró en Washington la semana de la Ley, Justicia y Desarrollo 2017, un foro en el que expertos mundiales debaten sobre cómo el marco legal puede contribuir (o no) al desarrollo. En esta ocasión, los tres primeros días se dedicaron exclusivamente a las leyes discriminatorias de género. Algo particularmente urgente si pensamos que hace 70 años Naciones Unidas creó la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación de la Mujer (CEDAW) en la que todos los Estados firmantes se comprometían a asegurar el pleno desarrollo de la mujer,  a garantizar sus derechos humanos y a eliminar cualquier discriminación contra ella en la vida política y pública. Sin embargo, la desigualdad legal por razón de género es algo que aún sigue existiendo en el 90% de los países.

En 155 hay al menos una ley que impide que las mujeres tengan las mismas oportunidades económicas que los hombres. Son datos del informe del Banco Mundial Mujer, Empresa y Derecho 2016, que además, refleja que en 100 países las mujeres tienen restricciones laborales y que en 46 no cuentan con leyes contra la violencia doméstica.  Algunas de las 21 diferencias legales entre hombres y mujeres que examina este informe son: la posibilidad de obtener un empleo sin permiso del marido, de firmar contratos o registrar una empresa, de asumir el papel de “jefe de hogar”, abrir una cuenta bancaria, etc.

Todas estas discriminaciones legales por género restringen las oportunidades de que las mujeres puedan elegir y tomar decisiones sobre lo que es mejor para ellas y sus familias y tienen graves consecuencias económicas. Estas desigualdades limitan la participación laboral de la mujer y, traen consigo un menor crecimiento económico. El informe Igualdad de Género y Desarrollo del Banco Mundial, estima que eliminando los obstáculos al empleo de la mujer en algunos sectores y ocupaciones aumentaría la productividad laboral hasta el 25%. Las brechas de género existentes en el emprendimiento femenino y en el empleo suponen en la actualidad unas pérdidas estimadas de ingresos del 14% en América Latina o del 10% en Europa.

Es decir, velar por la igualdad ante la ley de hombres y mujeres, no es sólo una cuestión de derechos humanos sino también un tema económico y de desarrollo humano. El que no exista discriminación legal garantiza además que haya un mayor número de niñas en la escuela secundaria (algo que redunda en su posibilidad de obtener ingresos en el futuro), que haya más mujeres empleadas o más directivas y una menor brecha salarial por razón de género (actualmente del 24% a nivel mundial). Asimismo, los países que cuentan con leyes que protegen a las víctimas de violencia de género, las mujeres tienen una esperanza de vida superior.

Si bien es cierto que los 30 países con 10 ó más diferencias legales entre hombres y mujeres se encuentran en Oriente Medio y África, en América Latina siguen existiendo algunas diferencias de género en el trato legal. Las normas sociales y culturales se trasladan a los marcos legales a menudo en forma de sesgos inconscientes y hacen que, en muchos países de la región, la ley no impida la discriminación en los procesos de contratación, selección y promoción o prohíba la discriminación salarial entre hombres y mujeres. Además, las leyes no permiten que la mujer latinoamericana realice trabajos clasificados como “arduos, peligrosos o moralmente inapropiados” (p.ej. sector de la minería, aquellos donde se usen productos tóxicos o donde se carguen materiales pesados). En otros casos, establecen que la mujer casada ha de pedir permiso a su marido para poder trabajar, que no puede ser jefa del hogar (ni administrar el patrimonio conyugal) ni pueda transferir la nacionalidad a sus hijos.

Todos estos impedimentos contribuyen a reforzar los roles de género y limitan el empoderamiento económico de la mujer, imposibilitando que las mujeres puedan acceder al crédito, contar con los activos necesarios para emprender o tomar decisiones sobre cómo y en qué se gasta en el hogar. Frecuentemente, el derecho de familia refuerza los roles de la mujer e impide que ésta pueda tener las mismas oportunidades que sus cónyuges. El Banco Mundial muestra que existe una correlación directa entre el régimen económico matrimonial y la inclusión financiera (en aquellos países con legislaciones donde el hombre aparece como “administrador único”, sólo el 18% de las mujeres tiene una cuenta bancaria, mientras que en aquellos donde la administración es conjunta este porcentaje sube al 57%). Y es que cuando las mujeres tienen una mayor autonomía económica aumenta su poder de negociación en el hogar y se invierte más en el bienestar familiar.

No obstante, en el periodo 2014-2016 también ha habido progreso en la región. De hecho, de los 18 países que carecen de diferencias legales por género 4 son latinoamericanos: República Dominicana, México, Perú y Puerto Rico. Además, 16 países latinoamericanos han realizado reformas en el período 2014-2016.

A esta lista, posiblemente habrá que sumar muy pronto a Ecuador, que en octubre ha aprobado el Proyecto de Ley Orgánica para el Desarrollo Social, Político y Económico de la Mujer. Entre los motivos que se exponen para llevarlo a cabo está el lograr una igualdad real de derechos, tanto políticos como económicos y sociales. Estas reformas ciertamente contribuirán a mejorar la situación que retrata el último Global Gender Gap Report del World Economic Forum, donde se concluye que Ecuador ha retrocedido y tiene una mayor brecha de género por dos motivos principales: la participación política y la económica.

Respecto a la participación política de la mujer, en los últimos 20 años, en Ecuador tanto la Constitución como otras leyes electorales vienen contemplando  la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, a través de un cupo mínimo de participación electoral del 20% en 1997, que luego fue incrementado hasta el 35% y en cuotas ascendentes del 5% por elección hasta llegar a la paridad. Sin embargo, estas cuotas no se han hecho realidad. En las elecciones generales de 2013, la participación de la mujer fue tan sólo del 38% y del 26% en las elecciones regionales. De la misma forma, el número de mujeres en candidaturas principales sólo representan un 42%. En Ecuador el 27,8% [1] de las mujeres participa en gabinetes ministeriales siendo el séptimo país con mayor representación detrás de Nicaragua, Granada, Chile, Costa Rica, Colombia, Bolivia y Haití. Existe, por tanto aún una brecha en la participación política de la mujer, sobre todo en las administraciones regionales y municipales. En este sentido, la Asamblea Nacional ha decidido modificar la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas para eliminar la discriminación contra la mujer en la vida política: la ley se modifica para que los procesos democráticos internos estén encabezados por mujeres, incluyan un 50% de candidatas mujeres en los procesos electorales regionales y locales, los binomios para la presidencia y vicepresidencia se integren por binomios hombre-mujer y se destine un porcentaje a la formación en género en las organizaciones políticas.

Respecto a la participación económica de la mujer en Ecuador, uno de los mayores obstáculos es la falta de un entorno que garantice su plena autonomía e independencia. En primer lugar, existen importantes brechas de acceso al mercado de trabajo. En Ecuador sólo un 45,4% [2] de las ecuatorianas tienen empleo formal adecuado (aquel que garantiza unas condiciones mínimas salariales o trabajan más de 40h semanales). Aunque este porcentaje cambia si observamos aquellas mujeres urbanas en situación de pobreza (37%). Una de las mayores limitaciones que tienen las ecuatorianas a la hora de emplearse es el tiempo que dedican al trabajo no remunerado: 40h semanales (4 veces más que el tiempo dedicado por los hombres) y que hace que muchas sólo dediquen un promedio de 20,7h al trabajo remunerado (la mitad del tiempo que dedican los hombres) [3].  Los estereotipos junto con la distribución de roles tradicionales son factores que ciertamente están incidiendo en estas estadísticas así como en el tipo de actividades y profesiones que las mujeres realizan (principalmente en comercio, agricultura, enseñanza, servicios de comida o enseñanza y salud).

Por otro lado, en Ecuador hay un 27% de mujeres que son jefas de hogar, lo que hace que sean más vulnerables y tengan una probabilidad mayor de estar en situación de pobreza (por cada 100 hombres que viven en hogares pobres, hay 117 mujeres en similar situación) [4]. Además, el 35% de las mujeres que viven en urbes y el 37% de las mujeres rurales no cuentan con ingresos propios.

La mujer ecuatoriana también cuenta con un menor grado de inclusión financiera de la mujer (sólo el 40,8% [5] tiene una cuenta bancaria). De hecho, la proporción de mujeres que obtiene microcréditos es inferior a la de los hombres (un 26% frente al 74% de los hombres). La oportunidad de contar con recursos económicos para financiar sus emprendimientos es clave para el 48% de los negocios propiedad de una mujer [6].

Conscientes del contexto al que se tienen que enfrentar millones de mujeres en Ecuador, la Asamblea Nacional, plantea en su Proyecto de Ley las siguientes reformas:

  1. Reforma del Código Orgánico Monetario Financiero para que incluya en sus principios la “equidad de género” y en sus objetivos promover el acceso al crédito de “mujeres, mujeres jefas de hogar y vinculadas al cuidado de terceros”. También se identifica a estos colectivos como prioritarios en su función de generar incentivos a las instituciones del sistema financiero para la creación de productos orientados a promover y facilitar la inclusión económica, en las medidas de acción afirmativa de promoción e inclusión económica de grupos de atención prioritaria, en la disminución de requisitos para el acceso a créditos productivos y microcréditos en el sistema financiero nacional, y en el sistema de garantía crediticia, con el objetivo de afianzar las obligaciones crediticias y garantías de las personas que no están en capacidad de concretar proyectos con el sistema financiero nacional o contratos como proveedores del Estado. Por último, se establecen modificaciones legales para que todas las entidades del sector financiero cuenten con indicadores de género respecto a los créditos otorgados y que ejerzan actividades de manera sostenible y equitativa, que persigan la inclusión económica de “primeros emprendedores, mujeres, jefas de hogar, vinculadas al cuidado de terceros y madres solteras”.
  2. Reforma de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, que incorpora en sus principios el de equidad de género, entendida como la contratación pública a través de márgenes de preferencia en actividades que tradicionalmente no relegadas a mujeres con el fin de romper la perpetuación de roles y estereotipos.
  3. Reforma del Código de Trabajo, para establecer que el 15% del monto total en créditos productivos y microcréditos se otorgue a mujeres, sobre todo aquellas jefas de hogar y vinculados al cuidado de terceros en el primer año de vigencia de la ley.
  4. Reforma en la Ley Contra la Violencia a la Mujer con el fin de fomentar el cofinanciamiento de emprendimientos productivos, la capacitación en educación financiera y emprendimientos productivos de mujeres en todas las casas de acogida y centros de atención del Estado, el establecimiento de programas de emprendimiento productivo y la preferencia en la participación de concursos de méritos y oposición al servicio público.

Contar con leyes no discriminatorias para la mujer es un primer y gran paso hacia un mejor estado de derecho, una mayor igualdad de género y un mayor empoderamiento económico de la mujer.  Pero no es suficiente por sí mismo. El reto es garantizar una implementación adecuada de las leyes escritas y adecuados compromisos presupuestarios para su aplicación.

El Foro Económico Mundial estima que pasarán 217 años antes de cerrar las brechas económicas de género [7]. Es urgente actuar desde todos los frentes y contar con todos los actores (gobiernos, empresas y sociedad civil). Un primer paso es eliminar cualquier discriminación legal que no garantice la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Esta es de hecho la primera meta del Objetivo de Desarrollo 5: eliminar cualquier discriminación contra las mujeres y niñas. El momento es ahora. No podemos esperar.  

[1] Observatorio de Igualdad de Género - CEPAL

[2] Instituto Nacional de Estadística y Censos de Ecuador 2015

[3] [4] Observatorio de Igualdad de Género - CEPAL

[5] Global Findex 2014

 [6] Censo Económico Ecuador - Instituto Nacional de Estadística 2014

[7] The Global Gender Gap Report 2017 - World Economic Forum