Actualidad Chile

Lucha contra el lavado de activos

Ley 20818, de 18 de febrero de 2015

El 18 de febrero entró en vigor la Ley 20828, que perfecciona los mecanismos de prevención, detección, control, investigación y juzgamiento del delito de lavado de activos. Esta disposición introduce significativas modificaciones a la Ley 19913, que creó la Unidad de Análisis Financiero (UAF) en 2003 y que no había sido actualizada desde 2006.

Esta Ley no supone únicamente un aumento de competencias para prevenir e impedir el lavado de activos en el sistema financiero chileno, también desarrolla normas para combatir el financiamiento al terrorismo.

Las principales novedades que introduce el texto legislativo son:

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  • Incrementa el número de sujetos obligados a reportar a la UAF sobre los actos u operaciones sospechosas de lavado de activos, que detecten en el ejercicio de su actividad. Se agregan las bolsas de valores y bolsas de productos, así como cualquier otra bolsa que en el futuro pueda estar sujeta a la supervisión de la Superintendencia de Valores y Seguros. Asimismo, estarán obligados a informar a la UAF las organizaciones deportivas profesionales; las cooperativas de ahorro y crédito; las representaciones de bancos extranjeros y las empresas de depósito de valores.
  • Reduce el monto de las operaciones en efectivo sospechosas por el cual las entidades privadas supervisadas deben informar a la UAF. De 450 Unidades de Fomento se reduce a $10.000, o su equivalente en otras monedas.
  • En relación con el financiamiento al terrorismo, se podrá llevar a cabo el congelamiento y retención de los activos de las personas que se encuentren en los listados del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. Estas medidas deberán ser decretadas por el Ministro de Corte, cuya vigencia máxima será de 30 días, plazo que podrá prorrogarse, por resolución fundada, por él o por el tribunal competente.
  • Aumenta la lista de delitos base o procedentes de lavado de activos: contrabando, delitos contra la propiedad intelectual, estafas y otros engaños, asociación ilícita, delito tributario por la devolución improcedente de créditos fiscales, comercialización de material pornográfico y cohecho de un funcionario público extranjero.

Estas novedades suponen un fortalecimiento del sistema chileno de prevención, inspección y sanción del lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Además, aproxima la legislación nacional a los más altos estándares internacionales sobre esta materia.