Actualidad España

Deber de información adecuada a los clientes

Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Civil) núm. 460/2014 de 10 de septiembre

El posible incumplimiento por parte de una entidad de crédito del deber de información adecuada a los clientes sobre un determinado producto financiero inicia un procedimiento judicial que concluye con la resolución del Tribunal Supremo de España.

El Tribunal Supremo, atendiendo a lo dispuesto en la legislación nacional y comunitaria, en concreto la Ley de Mercado de Valores y la Directiva 1993/22 del Consejo de la Unión Europea, resalta que entre las obligaciones de las entidades de crédito está la de proporcionar a sus clientes información clara, correcta, precisa y  suficiente del servicio o producto que se pretende contratar. El Tribunal ha señalado además que dicha información deberá ser otorgada con la suficiente antelación para evitar su incorrecta interpretación.

También resalta que se deberá informar al cliente de las características de los productos, así como mostrar especial atención y diligencia cuando se trate de clientes no profesionales.

Salvando las distancias en cuanto al país, institución financiera, producto y cliente de la Sentencia, los lineamientos establecidos por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo recogen las tendencias internacionales en materia de Protección al Cliente, que la industria microfinanciera debe incorporar por la especial vulnerabilidad de sus clientes.

Los Principios de Protección al Cliente asumidos por el Grupo de la Fundación Microfinanzas BBVA, están integrados en su sistema de Gobierno Corporativo. Principios que suponen un compromiso firme en su actuación. De esta manera, el Grupo promueve dos principios fundamentales, en consonancia con los argumentos del Tribunal Supremo:

  • Deber de Diligencia en una doble vertiente. Por un lado, las entidades que conforman el Grupo de la Fundación deben diseñar y publicitar productos no complejos y fáciles de entender para sus clientes. Por otro lado, tienen la obligación de evitar el sobreendeudamiento, mediante la oferta de productos financieros que se adecúen a sus necesidades.
  • Principio de Transparencia, que el Grupo de la Fundación ampara señalando que al cliente se le debe proporcionar información clara, suficiente y necesaria para entender los productos, conocer sus derechos y obligaciones y así poder tomar decisiones informadas y fundadas.

Como muestra del compromiso del Grupo con la Transparencia, dentro de su proyecto de Capacitación Emprendedora, ha creado una carpeta educativa que pretende distribuir entre sus clientes junto con el resto de información contractual. El propósito es hacerles llegar conceptos básicos de educación financiera (concepto de microcrédito, tasa de interés, comisiones y gastos, etc).