Actualidad Colombia

Créditos Hipotecarios para el sector agropecuario

Proyecto de Ley 105-C de 2014

Se ha presentado al Congreso de la República de Colombia el Proyecto de Ley por el cual se adicionan dos parágrafos al artículo 2455 del Código Civil, con el fin de facilitar el acceso en materia de créditos hipotecarios para el sector agropecuario.

Con esta propuesta legislativa se busca que sea posible constituir más de un gravamen hipotecario sobre un mismo bien inmueble, sin necesidad de desenglobarlo o dividirlo, previamente a la constitución y/o registro de estos gravámenes

Así, este Proyecto constituye una iniciativa novedosa que permitiría que los productores del sector agropecuario accedan de manera más fácil a financiación, incluso cuando el bien inmueble estuviese hipotecado ya, y sin que esta situación disuada a los eventuales acreedores a otorgar dicha financiación.

Para poner en contexto lo anterior es importante mencionar que, si bien en Colombia es posible constituir más de un gravamen hipotecario sobre un mismo bien inmueble, las hipotecas están sujetas a prelación, según su orden de inscripción en el tiempo. Lo anterior implica una graduación de los acreedores, en donde el acreedor de primer grado, esto es, aquél que constituyó la primera hipoteca, tiene un derecho preferente sobre los demás acreedores hipotecarios. Así, los demás acreedores sólo podrán perseguir el remante luego que el acreedor preferente hubiese satisfecho la totalidad de su acreencia.

En este orden de ideas, la propuesta normativa favorece tanto a los acreedores como a aquellos clientes del sector agropecuario que deseen acceder a financiación. Del lado de los acreedores, esta iniciativa eliminaría de facto la graduación de las acreencias hipotecarias; ya no habría acreedores con “mejor” o “peor” derecho; los acreedores podrán hacer una mejor valoración de las garantías hipotecarias, pudiendo aumentar su oferta de financiación. Por otro lado, los clientes tendrían la posibilidad de acceder a mayor financiación, en especial, en los casos en que requieran solicitar varios créditos de montos inferiores al valor del bien que tienen para ofrecer en garantía.

Otro aspecto a destacar es la posibilidad de una realización de la garantía que no perjudique, en principio, a los demás acreedores hipotecarios. En efecto, de ser aprobada por el Congreso de la República de Colombia, esta ley permitiría también que un acreedor cuya obligación no hubiese sido satisfecha según lo acordado con su deudor, pueda realizar su garantía mediante la división del inmueble hasta por el equivalente a la porción que le fue dada en garantía.

Es esta, pues, una iniciativa que fomentará el mayor acceso a financiación para el sector agropecuario, ya que las entidades financieras estarán más interesadas en ampliar su oferta de colocación al contar con más garantías para los créditos destinados a este sector. Asimismo, los clientes tendrán la posibilidad de contratar con más de una entidad financiera la financiación requerida.