Actualidad Panamá

Contra el Blanqueo de Capitales

Decreto Ejecutivo No. 947, de 5 de diciembre de 2014

Mediante Decreto Ejecutivo No. 947 de 5 de diciembre de 2014 se reorganiza la Unidad de Análisis Financiero para la Prevención del Blanqueo de Capitales y el Financiamiento del Terrorismo, a fin de adecuar su funcionamiento a lineamientos internacionales, entre los cuales, se encuentran que las unidades de inteligencia financiera sirvan como Centro Nacional de Recepción y Análisis de Reportes de Transacciones Sospechosas.

Con la citada norma se establece a la UAF como una entidad de seguridad del Estado, adscrita al Ministerio de la Presidencia y se modifican sus funciones, en su mayoría, sólo en la forma. Entre las funciones a destacar, se encuentran:

  • Suministrar el Informe de Inteligencia Financiera al Ministerio Público cuando deba dar inicio una investigación, lo cual antes recaía en la Procuraduría de la Nación.
  • Realizar análisis estratégicos para determinar patrones, riesgos y tipologías, relacionados al Blanqueo de Capitales, lo que deberá compartirse con organismos de supervisión y control, el Ministerio Público y la Policía Nacional.
  • Mantener estadísticas del movimiento de dinero en efectivo y cuasi-efectivo así como también de operaciones sospechosas.
  • Organización y preservación de los archivos obtenidos en el ejercicio de las funciones.
  • Representar al Estado ante el Grupo de Acción Financiera y asistir a las entidades reguladoras financieras y no financieras.
  • Se mantiene la obligación de intercambiar con entidades homólogas extranjeras información de inteligencia financiera, y se adiciona que podrá compartirse información con jurisdicciones que no mantengan acuerdos con Panamá, siempre y cuando pertenezcan al Grupo Egmont.

La regulación se centra en el manejo administrativo de la Unidad de Análisis Financiero, cuya reestructuración incluye los requisitos que deben cumplir el Director y Sub-Director de la  UAF para ostentar los cargos, la modificación de sus funciones y un trabajo de la mano con la Comisión Presidencial de Alto Nivel para la Prevención del Blanqueo de Capitales y el Financiamiento del Terrorismo, encargado de coordinar las políticas de Estado en cuanto a este delito y las actuaciones derivadas de las acciones acordadas por los organismos internacionales en los que Panamá participe.

Anteriormente dicha Comisión sólo funcionaba como asesora del Presidente de la República y se reorganizó a través del Decreto Ejecutivo No.948 de 5 de diciembre de 2014.

Contar con un marco legal adecuado a estándares internacionales fortalece al sector financiero, coadyuvando a brindar una mejor imagen y desempeño del país en la prevención y control del Blanqueo de Capitales y el Financiamiento del Terrorismo, y por ende, evita que Panamá se mantenga en listas de países no cooperantes.