Informe de Desempeño Social 2020: Los emprendedores de la FMBBVA, ante el COVID-19

La crisis ha supuesto un reto en la medición de impacto y desarrollo de los emprendedores. Para poder entender las nuevas necesidades de los emprendedores en este contexto y seguir acompañándolos, la Fundación Microfinanzas BBVA ha realizado 17.000 encuestas en Colombia, Perú, República Dominicana, Chile y Panamá, que han permitido medir:

  • El impacto de la crisis generada por el COVID-19 en sus negocios y hogares
  • Las medidas que han tomado para superar la crisis
  • Su grado de satisfacción con las soluciones financieras ofrecidas por las entidades de la FMBBVA
  • Su capacidad de recuperación

Las encuestas han arrojado más detalle sobre la realidad de los emprendedores en vulnerabilidad en todos los sectores (agro, comercio y servicios) con una alta confiabilidad, así como la de clientes en zonas remotas (el índice de ruralidad en Colombia y Perú, es del 39% y el 31%, respectivamente). Todo ello, en un contexto de máximas limitaciones generadas por la situación de pandemia. Al haber realizado dos rondas de encuestas por país – entre abril 2020 y febrero 2021, observamos que el impacto y las medidas tomadas por los emprendedores persistían incluso después de la reapertura de las economías en las que trabaja la FMBBVA.

Conoce aquí las principales conclusiones de estas encuestas, incluidas en el Informe de Desempeño Social 2020




Transposición de la directiva europea en materia de blanqueo de capitales

En mayo de 2018, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea aprobaron la quinta Directiva en materia de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, que analizamos en el número 18 de Progreso. En noviembre de ese mismo año se publicaron dos nuevas Directivas que complementan el marco jurídico en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo y que también resumimos en Progreso 18.

En el contexto anterior, el Gobierno español ha publicado en abril el Real Decreto-ley para transponer diversas directivas europeas que estaban pendientes de implantación en el ordenamiento jurídico español; entre ellas, aquella en materia de blanqueo de capitales.

La transposición introduce importantes novedades en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, recogidas en el artículo 3 del Título II del Real Decreto-ley y que resumimos a continuación:

 Nuevos sujetos obligados

Como una de las principales novedades destaca la inclusión de nuevos sujetos obligados, que deberán cumplir con las medidas de prevención y estar registrados, y serán supervisados por las autoridades:

  • Intermediarios en arrendamientos de bienes inmuebles por una renta total anual igual o superior a 120.000 € o una renta mensual igual o superior a 10.000€
  • Personas que presten ayuda material, asistencia o asesoramiento en cuestiones fiscales como actividad empresarial o profesional principal
  • Proveedores de servicios de moneda electrónica y servicios de cambio de moneda virtual por moneda de curso legal (y viceversa), así como servicios de custodia de monederos electrónicos o salvaguarda de claves

Registro de Titularidades Reales

Por otra parte, se refuerza el sistema de identificación de los titulares reales de las personas jurídicas, para lo que se crea el Registro de Titularidades Reales, un sistema registral único en el que se incluirá la información ya existente de los titulares reales en el Registro Mercantil y en las bases de datos notariales, e incorporará la obligatoriedad de registrar los trust y entidades de naturaleza similar que operen en España y sus titulares reales.

Este nuevo sistema permitirá la interconexión de la información con los registros de los otros países de la Unión Europea y facilitará el acceso público a esta información.

El alcance de las personas que podrán acceder a información sobre titulares reales y otros tipos de entidades se amplía, incluyéndose ahora no solo a las autoridades competentes sino también a los sujetos obligados y terceros. De hecho, el acceso y la consulta al Registro serán obligatorios para el cumplimiento de las obligaciones de debida diligencia en materia de titularidad real.

Además, se establece el deber para los sujetos obligados de solicitar esta información registral en sus relaciones de negocios con personas jurídicas, y el deber para las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica de obtener, conservar y actualizar la información de su titularidad real y proveerla a autoridades y a sujetos obligados durante 10 años; correspondiendo al secretario del Consejo de Administración, sea o no consejero, la responsabilidad de mantener la información sobre titularidad real actualizada.

Medidas de debida diligencia simple y reforzada

El Real Decreto-ley establece la obligación de aplicar medidas de debida diligencia cuando cambien las circunstancias del cliente o cuando el sujeto obligado tenga obligación legal en el curso del año natural de ponerse en contacto con él para revisar la información pertinente relativa al titular real.

También se incluye la obligación de establecer medidas de diligencia debida respecto de los fideicomisos como el trust anglosajón, la fiducia o el treuhand de la legislación alemana, y se incluyen requisitos para que las entidades financieras que actúen como adquirentes puedan aceptar pagos efectuados con tarjetas prepago anónimas emitidas fuera de España.

Por otra parte, en el caso de relaciones de negocios con países de riesgo alto, se establece la obligación de establecer medidas de debida diligencia reforzadas, debiendo solicitar información adicional acerca del cliente, su titular real, el propósito y la índole de la relación de negocios, la procedencia de los fondos, su fuente de ingresos y titular real, y los motivos de las transacciones.

Además, se añaden medidas adicionales si las relaciones tuvieran lugar con terceros países de riesgo alto expresamente determinados por la normativa de la Unión Europea.

Otras modificaciones

La norma prevé que aquellas personas que estén expuestas a amenazas, acciones hostiles o medidas laborales adversas por comunicar internamente sus sospechas o a las autoridades competentes (whistleblowers) podrán presentar de forma segura y confidencial una reclamación ante el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC).

Así mismo, aclara las obligaciones de declaración en el Fichero de Titularidades Financieras -ya existente desde 2016- por las entidades declarantes y amplía esta obligación a las cajas de seguridad y a todas las cuentas de pago, incluyendo las abiertas en entidades de dinero electrónico y en todas las entidades de pago.




Towards a greener and more inclusive society

The fight against climate change is the greatest disruption in history. It will spur enormous changes for our planet and for humankind, radically changing our economies and our society. It is therefore  vital to make the energy transition happen, increasing the use of electricity as an energy source, and changing once and for all, other aspects of our daily lives, such as the way we build our homes or how we move around.

We are all needed. And we are all accountable. The financial system also has a relevant role to play in fighting climate change. This transformation requires significant investment in new technologies which will help push the transition forward. It is estimated that approximately 5 billion dollars in funding will be required every year for decades to come. And although there will be significant public resources, the bulk of the investment will come from the private sector.

BBVA’s firm commitment to sustainability is possibly one of the most straightforward ways of materializing its purpose: “Bringing the age of opportunity to everyone”, which aims to generate a positive impact on people’s lives, businesses and society. BBVA’s commitment to sustainability dates far back, to 2002, when it joined the United Nations’ Global Compact. It was renewed  in 2019, when the Board of Directors decided to make sustainability a key pillar of the Group’s strategy and defined it as a strategic priority to “help our clients transition towards a more sustainable future.” 

In April 2021, BBVA joined the Net-Zero Banking Alliance (NZBA), committing to ensure that all of its credit and investment portfolios are neutral in net emissions of greenhouse gases by 2050, in line with the Paris Agreement’s  most ambitious targets. We have elaborated an ambitious execution plan to make this commitment a reality:

  • Sustainable finance origination: from 2018 to March 2021, the bank has originated 59 billion euros. It is more than half of the initial goal to finance 100 billion euros by 2025.  
  • Portfolio alignment with the Paris Agreement: in 2021, BBVA will publish its decarbonization targets. We have already announced that we will reduce to zero our exposure to coal-related activities, stopping the financing of companies in this sector by 2030 in developed countries, and by 2040 in the rest of the countries in our footprint.
  • Reduction of our own emissions: increasing the share of renewable energy consumption to 70% by 2025. As of 2020, BBVA is neutral in direct carbon emissions through the offsetting of emissions with projects to remove CO2 from the atmosphere.
  • Increasing transparency: integrating sustainability into our corporate reporting. In our 2020 Annual Report, we provided comprehensive information on BBVA’s progress in sustainability, complying with the most advanced reporting standards in the market.

BBVA is one of the most prepared banks to tackle this global challenge, leveraging its digitalization strategy which it has been rolling out over the past several years. The Group is positioned as the market leader in this area. Sustainability and digitalization go hand in hand, facilitating sustainable solutions to clients in a more agile manner, enabling accurate identification of risks and opportunities from climate change and fostering customized solutions. For example, we have launched an online tool to enable our clients to measure their own carbon footprint, i.e., how much greenhouse gases their business activity generates, based on their electricity, gas and fuel expenses. Customers can also receive personalized tips on how to enhance their energy efficiency.

The fight against climate change is a top priority. The Secretary General of the United Nations, António Guterres, warns us that time is running out: “This is a pivotal year for humanity, now is the time for decisive and effective action.” But it is vital that nobody is left behind in the process. We must ensure a fair transition, building a more inclusive society and using financing and advisory as a means to support the most vulnerable. Sustainability is not just climate change, we must take its full social dimension into consideration.

Aligned with the UN Sustainable Development Goals, BBVA stimulates inclusive economic growth, by financing infrastructure, supporting entrepreneurship and full employment, and fostering financial inclusion through access to basic financial services for the unbanked.

In all of these goals, the BBVA Microfinance Foundation plays a fundamental role. It supports the vulnerable population by promoting entrepreneurship and decent, equitable livelihoods. It is recognized by the OECD as the top philanthropic contributor to development and gender equality in Latin America, and second in the world only behind the Bill and Melinda Gates Foundation.




Transposición de la directiva europea reforma la Ley de Sociedades de Capital

El pasado mes de abril fue publicado en el Boletín Oficial del Estado la Ley 5/2021, de 12 de abril, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital y otras normas financieras, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas.

Esta Ley tiene por objeto transponer al ordenamiento jurídico español la Directiva (UE) 2017/828 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de mayo de 2017 por la que se modifica la Directiva 2007/36/CE, cuyo contenido comentamos en Progreso 11; así como incorporar ciertas modificaciones en materia de gobierno corporativo y en relación al funcionamiento de los mercados de capitales.

  • Modificaciones que afectan a las sociedades de capital

A continuación nos centraremos en los cambios introducidos en la Ley de Sociedades de Capital, refiriéndonos en primer lugar a las aplicables a todas las sociedades de capital:

Juntas de accionistas telemáticas

Se contempla que las juntas de accionistas telemáticas serán posibles cuando así lo prevean los estatutos y lo acuerde el órgano de administración en la convocatoria, sin perjuicio de que, para que puedan celebrarse válidamente, será necesario:

  1. Poder garantizar la identidad y legitimación de los socios o representantes;
  2. Que todos los asistentes puedan participar a través de medios de comunicación a distancia que les permitan ejercitar sus derechos en tiempo real y seguir las intervenciones del resto de los asistentes;
  3. Incluir en la convocatoria los plazos, formas y modos de ejercer los derechos por parte de los socios; y
  4. Abrir un periodo de 7 días siguientes a la celebración de la junta para que aquellos socios que ejerciten su derecho de información durante la misma puedan efectivamente ejercitarlo.
Deber de diligencia de los administradores

Como parte del deber de diligencia de los administradores, se recoge que estos deberán subordinar su interés particular al “interés general” de la empresa; un concepto indeterminado que ha generado mucho debate en el sector.

Así mismo, se añade una lista de quiénes se consideran personas vinculadas a los administradores personas físicas y jurídicas, a los efectos de determinar si se les aplican las prohibiciones legales propias de aquellos (prohibición de competencia, deber de evitar situaciones de conflicto de interés, etc.).

Derecho a conocer la identidad de los accionistas y de los beneficiarios últimos

Se incluye que todas las sociedades tendrán derecho a obtener en cualquier momento la información que permita determinar la identidad de sus accionistas, con el fin de comunicarse directamente con ellos y facilitar el ejercicio de sus derechos y su implicación en la sociedad.

También podrán identificar a los accionistas reales con la finalidad de que se encuentren en mejores condiciones de ejercer sus derechos, estableciendo los mecanismos que permitan a las sociedades identificar a los beneficiarios últimos.

Operaciones intragrupo

Se incorpora un nuevo artículo relativo a las operaciones intragrupo que estén sujetas a conflictos de interés y a qué sujeto le corresponde su aprobación.

  • Modificaciones que afectan a las sociedades cotizadas

Respecto a las modificaciones que afectan a las sociedades cotizadas, destacamos las siguientes:

Concepto de sociedad cotizada

Aunque, en principio, únicamente se consideran sociedades cotizadas aquellas sociedades anónimas que tengan sus acciones admitidas a negociación en un mercado regulado español, en la nueva norma se indica que a aquellas sociedades anónimas cuyas acciones estén admitidas a negociación en un mercado regulado de otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo o en un mercado equiparable de un tercer Estado y no lo estén en un mercado español, también  les serán de aplicación las disposiciones contenidas en el Título XIV de la LSC; si bien se entenderán cumplidas cuando en el mercado extranjero existan normas análogas.

Participación a distancia

Se permite la participación a distancia en el caso de que la junta general de la sociedad cotizada se celebre de manera exclusivamente telemática, pudiendo los accionistas delegar o ejercitar anticipadamente el voto de las propuestas sobre puntos comprendidos en el orden del día mediante cualquiera de los medios previstos y levantarse el acta de la reunión por notario.

Acciones de voto por lealtad

Se incluyen las acciones de voto por lealtad, permitiendo a las sociedades cotizadas contemplarlas en sus estatutos sociales.

El objetivo es dotar a los accionistas de derechos de voto adicionales para incentivarles a mantener a largo plazo su inversión en la sociedad y reducir presiones cortoplacistas sobre la gestión de las empresas; todo ello, siempre que sean titulares de las acciones de manera ininterrumpida durante un mínimo de 2 años.

Beneficiarios últimos

También para las cotizadas se reconoce el derecho de identificar a los beneficiarios últimos en el supuesto de que la entidad o persona legitimada como accionista en virtud del registro contable de las acciones sea una entidad intermediaria.

Operaciones vinculadas

Se introduce un nuevo capítulo enteramente dedicado al régimen de operaciones vinculadas y se establece la obligación de publicar la información relevante relativa a aquellas operaciones que superen determinados umbrales cuantitativos, acompañada con un informe elaborado por la comisión de auditoría, a más tardar en el momento de su celebración.

Consejo de administración

Se establece que los consejeros de las sociedades cotizadas deberán ser necesariamente personas físicas.

Además, se modifica el carácter remunerado del cargo de los consejeros de sociedades cotizadas por el desempeño de sus funciones, así como la aprobación de la política de remuneración de los mismos: deberán someterse a la junta de accionistas antes de la finalización del último ejercicio en el que esté vigente y para su aplicación durante un periodo máximo de 3 ejercicios.




Acuerdo provisional para una nueva ley europea del clima

En el número 22 de Progreso ya comentamos la propuesta de la Comisión Europea -realizada en marzo de 2020- de contar con una Ley Europea del Clima que convierta en legislación el objetivo establecido en el Pacto Verde Europeo para que la economía y la sociedad europea sean climáticamente neutras en el año 2050.

Objetivos

Recordamos que los principales objetivos de la propuesta son los siguientes:

  • Establecer la trayectoria a largo plazo para cumplir el objetivo de neutralidad climática de 2050 a través de todas las políticas, de forma socialmente justa y rentable.
  • Crear un sistema de seguimiento de los avances y adoptar nuevas medidas en caso necesario.
  • Ofrecer previsibilidad a los inversores y demás agentes económicos.
  • Garantizar que la transición a la neutralidad climática sea irreversible.

Acuerdo provisional

En abril de 2021, los negociadores del Consejo y del Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo provisional sobre el Reglamento relativo a la Ley del Clima, en virtud del cual han consensuado que la Ley del Clima incluya, entre otras, las siguientes cuestiones:

  • El ambicioso objetivo climático para 2030 de reducir las emisiones netas en al menos un 55 % con respecto a los niveles de 1990
  • La necesidad de aumentar los sumideros de carbono mediante una legislación UTCUTS más ambiciosa, sobre la que la Comisión presentará propuestas en junio de 2021
  • Un procedimiento para establecer un objetivo climático para 2040, teniendo en cuenta un presupuesto indicativo de emisiones de gases de efecto invernadero para el período 2030-2050 que será publicado por la Comisión
  • Un compromiso a favor de emisiones negativas a partir de 2050

Consejo científico consultivo

Además, contemplan la creación de un consejo científico consultivo, compuesto por quince expertos de alto nivel de diferentes nacionalidades, con un máximo de dos miembros que posean la nacionalidad del mismo Estado miembro, y mandatos de cuatro años.

El consejo se encargará, entre otras cosas, de proporcionar asesoramiento científico y de elaborar informes sobre las medidas adoptadas por la UE, los objetivos climáticos, los presupuestos indicativos de emisiones de gases de efecto invernadero y la coherencia con la legislación europea sobre el clima y con los compromisos internacionales de la UE en el marco del Acuerdo de París.

Otras cuestiones

Asimismo proponen que existan disposiciones más estrictas en materia de adaptación al cambio climático; una coherencia entre las políticas de la UE y el objetivo de neutralidad climática; y un compromiso de colaboración con los distintos sectores para redactar hojas de ruta sectoriales específicas que tracen el camino hacia la neutralidad climática en diferentes ámbitos de la economía.

La Comisión se ocuparía de supervisar la elaboración de dichas hojas de ruta, facilitar el diálogo a escala de la UE y compartir las mejores prácticas entre las partes interesadas.

Próximos pasos

El acuerdo provisional se someterá a la aprobación del Consejo y del Parlamento Europeos antes de proseguir a las fases formales del procedimiento de adopción. Actualmente se está preparando el expediente para su adopción formal.




El cuidado del medioambiente, una prioridad estratégica para la FMBBVA




“Clasificamos los residuos porque no todo es basura. Además de ayudar al medioambiente, vivimos de ello”




Las ciudades, en el epicentro de la nueva realidad

De la pandemia, están surgiendo muchos aprendizajes. Aprendizajes que tienen que servir de base para construir una sociedad mejor y reescribir la narrativa para un desarrollo verdaderamente sostenible e inclusivo. En el IV Foro Latinoamericano de Vivienda y Hábitat, celebrado en Costa Rica y organizado por la ONG Hábitat para la Humanidad, se ha hablado precisamente de esa necesidad. En concreto, la de examinar el porqué de la desigualdad en derechos tan fundamentales como es el acceso a una vivienda digna. “Debemos revisar los sistemas, normas, tendencias y disrupciones que hacen que las condiciones limitantes persistan y crezcan”, ha afirmado el CEO de la organización anfitriona, Jonathan Reckford.

Por su parte, la directora ejecutiva de ONU Hábitat, Maimunah Mohd, ha profundizado en la conexión entre la pandemia y las ciudades de todo el mundo, por ser “escenarios clave en la propagación del virus”. En sus palabras, esta crisis “ha demostrado que la vivienda es la piedra angular de la salud, la dignidad, la seguridad y el bienestar de las comunidades y las personas”. Además, según ella, la “vieja normalidad” nació en las ciudades y es ahí “donde surgirá la nueva”. Esto, asegura, “no es solo por necesidad social, sino también por un profundo compromiso con los derechos humanos”.

En este encuentro, también ha estado la secretaria ejecutiva de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), Alicia Bárcena, quien ha mandado un mensaje de optimismo a todos los asistentes: “Cuando la región habla unida, convoca a la comunidad internacional”. Son los espacios como este foro, ha asegurado, los que permiten “reimaginar la nueva realidad de ciudades y viviendas”, clave para el desarrollo de Latinoamérica, donde el 82% de la población es urbana. Esto hace que, inevitablemente, las ciudades sean “un reflejo de las brechas económicas, sociales y ambientales”. Dentro de su plan de acción, la CEPAL ha creado la Plataforma Urbana de Ciudades de América Latina y el Caribe, para compartir experiencias e ideas y fomentar la cooperación entre todos los actores. 

El IV Foro Latinoamericano de Vivienda y Hábitat ha contado con más de 30 ponentes y una participación de más de mil personas, tanto del sector público como el privado. Precisamente, el presidente de Costa Rica, Carlos Alvarado, ha resaltado las alianzas público-privadas para diseñar nuevos modelos de vivienda urbana inclusiva y sostenible.

Durante este foro, también se han dado a conocer las doce iniciativas ganadoras del concurso impulsado por UHPH, una comunidad de práctica vinculada a Hábitat para la Humanidad y financiada por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). En 2018, dos proyectos de la Fundación Microfinanzas BBVA fueron reconocidos en estos premios, como programas “inspiradores”, que apoyan el desarrollo urbano sostenible de la región.




María Shaw-Barragán, European Investment Bank Director

María Shaw-Barragán is the Director of Lending in Africa, Caribbean, Pacific, Asia and Latin America at the European Investment Bank (EIB). In these regions, the EIB is focused on development to enable economic growth and opportunities aligned with the global strategy of the European Union (EU). Shaw-Barragán joined the EIB more than 20 years ago and has had a number of responsibilities, including Head of the Strategy Division or inside the Legal area.

  • What are the current priorities of the European Investment Bank in Latin America and why?

As the European Union bank, the European Investment Bank (EIB) supports the EU’s relationship with Latin America by financing projects that contribute to the EU external policy objectives: the development of economic, environmental and social infrastructure; private sector development; and climate change mitigation and adaptation.

The EIB started investing in Latin America in 1993. Since then, the EU bank has supported almost 140 projects with total financing of around EUR 10.4bn spread across 14 different countries.

The EIB, as the world’s largest multilateral provider of climate finance, aims to dedicate at least 25% of its investments to climate change mitigation and adaptation, supporting low-carbon growth. Mobilising finance for climate action is one of the EU bank’s priorities across Latin America. 

Most financing of the operations in Latin America is carried out under a European Commission Mandate, which supports the EU’s policy objectives and provides for EIB financing. We will continue working in the region to support investments that trigger sustainable economic and social growth, in particular, focused on the environment, and especially on boosting renewable energy, energy efficiency and sustainable public transport. 


COVID-19 and Team Europe

The EIB has been fully mobilised to minimize the consequences of the pandemic providing finance for the economy, health systems and R&D efforts at a global level.

As part of ‘Team Europe’ set up by the European Commission, the EIB Group is committed to provide financing up to EUR 5.2bn to strengthen urgent health investment and accelerate long-standing support for private and public economic resilience in more than 100 countries around the world. 

Our EIB response in Latin America and the Caribbean to tackle the consequences of the COVID-19 epidemic will reach USD 550mn. This includes recent microfinance support for COVID impacted companies in Brazil via Banco do Nordeste do Brazil, Banco Regional de Desenvolvimento do Extremo Sul and Banco de Desenvolvimeto de Minas Gerais, the Banco Ademi and Banco Adopem (BBVA Microfinance Foundation’s entity), in the Dominican Republic and Nafin in Mexico.

The EIB is currently appraising direct support to Governments and public entities to tackle immediate health needs as well as building up a pipeline of projects in the area of economic recovery, notably supporting MSMEs and Midcaps.

The greatest challenges we face today are global. This is true for climate change and the need to build new models of sustainable and resilient development. It is equally true for the coronavirus pandemic that threatens to erode some of the progress made on poverty reduction around the world.

As the world’s largest multilateral development bank, the EIB has the means, and the experience, to help nations outside of Europe meet these challenges. 


  • In the last few years, environmental sustainability policies have become a top priority for large companies. Why is it so important to integrate this dimension in the region? What EIB projects would you highlight and why?

Latin America and the Caribbean are rich in natural resources, biodiversity and vital ecosystems. Many countries in the region face socioeconomic challenges and are highly vulnerable to climate change. Natural disasters have repeatedly caused devastating effects on lives, livelihoods and economies, disproportionately affecting the most vulnerable. Moreover, urban pollution and waste treatment represent enormous challenges besides the rising demand for energy and transport due to demographic changes and urbanisation. In Latin America and the Caribbean, the EIB helps communities adapt to climate change and become more resilient to natural hazards. We support the reduction of carbon emissions and the protection of the environment and biodiversity. The EIB is scaling up its financing to foster the transition towards more digital, green and circular economies. Our investments with low-cost funding create new jobs and reduce socioeconomic inequalities. We often combine our loans with EU-backed grants to lower investment costs, or for technical assistance and developing skills to ensure the projects we support have a greater impact.

Investing in climate-friendly energy provision is one of our core businesses, because of its importance for economic development and its great potential for climate change mitigation. We support solar, wind, hydro- and geothermal power and stable grids that prevent energy losses. Through energy-efficient production methods and energy-smart buildings, companies can reduce their carbon footprints and save money. Our investments in renewable energy also support employment. For example, the EIB partnered with a few subsidiaries of European energy companies to finance wind farms in the Brazilian.

  • The 2020 activity report ‘Crisis solutions’ tackles EIB investments in climate, environment and development, mentions as well the role technology plays in the transition towards more sustainable habits. What financing needs exist in this area and what type of incentives does R&D need?

The fourth industrial revolution, which is based on accelerating the process of digitalisation, is currently underway. This revolution and its disruptive technologies are rapidly transforming the relationship between individuals, economies and societies. According to the World Economic Forum, 60% of global GDP is expected to rely heavily on digital technology by 2022. The interlinkages between digital transformation and economic development are well established, including the impact of infrastructure on growth and specific economic development outcomes, such as job creation, market access, health and education.

“60% of global GDP is expected to rely heavily on digital technology by 2022”

Digital technologies similarly contribute to climate action and achieving environmental sustainability targets by offering novel prospects to unlock sustainable innovation, create new jobs, decarbonise and generally boost efficiency.  With the transition to a digital era, new technologies’ development cycles have shortened and their disruptive impact is often greater. This changing technological landscape requires development finance institutions to provide public sector and private corporate lending, intermediated financial instruments, and blended funds. 

  • What is the role of the private sector in the socioeconomic recovery of developing countries?

The private sector is recognized as a critical stakeholder and partner in economic development, a provider of income, jobs, goods, and services to enhance people’s lives and help them escape poverty. Growth, poverty reduction, and improving people’s lives require a vibrant private sector. There are still enormous development challenges in increasing inclusive growth, reducing poverty, and improving people’s lives. The private sector has a key role to play in addressing these challenges by supporting inclusive growth, poverty reduction, job creation, and access to critical goods and basic services and by providing tax revenues.

Multilateral development banks and bilateral development finance institutions play a significant role in supporting the private sector in developing countries. They provide critical capital, knowledge, and partnerships; help manage risks; and catalyze the participation of others. They support the kind of entrepreneurial initiatives that help developing countries achieve sustainable economic growth. This role is becoming increasingly important for development institutions, along with more traditional aid and loan programs to governments.

To maximize development impact, public and private sector policies in each country need to be coherent and complementary. As such, IFIs should strive to focus on opportunities that best leverage national public and private sector strategies. There needs to be a virtuous circle between public and private undertakings to maximize development impact and ensure inclusive growth.

“There needs to be a virtuous circle between public and private undertakings to maximize development impact and ensure inclusive growth”

For the past five decades, we have delivered EU investments in Latin America and around the world. We have built significant development expertise and an increasing set of banking instruments to support private sector development in fragile economies.

Support for SME finance is an EIB Group core policy priority. The focus for the next few years will be on:

  1. Facilitating the availability of intermediated financing for micro-enterprises, SMEs and midcaps through a broad range of financial intermediaries;
  2. Continuing to address specific market gaps in SME and midcap finance such as gender inequalities and ‘Covid-19 support’;
  3. Responding to evolving EU policy priorities such as youth employment, competitiveness and the internationalisation of SMEs, always in close cooperation with the European Commission, Member States and public promotional institutions.

In Latin America, the EIB has been supporting SMEs, mainly through development banks throughout the region but alsobut although also private commercial banks. This support is not only for private sector boosting, but also takes into account specific strategic needs, such as renewable energy/ energy efficiency projects, in order to support the Climate Action in the region; as well as Gender credit loans, microfinance lending, among others. 

Lending to MSMEs is not easy and it is important to have reliable intermediaries that are committed to serve the specific needs of this multifaceted segment. These intermediaries should ideally have a widespread presence on the ground in order to be close to the clients. Financial institutions should be able to scale and at the same remain close to their clients to be able to address the needs of MSMEs with well-designed financial products, through efficient delivery channels and in a socially responsible manner.

Besides making financial services available, financial intermediaries should also strive to promote financial education: this is of particular relevance for micro-entrepreneurs, who often are not familiar with the risks and opportunities of the different financial products that they could make use of. Promoting transparency, financial awareness and financial education is key to engaging the most financially excluded entrepreneurs.  For such intermediaries to emerge and thrive it is important to create a proper ecosystem. Policymakers should establish a reliable and conducive business environment that favours financial inclusion and innovation. For example, policies that support the development of Fintech solutions and connectivity in remote areas can be of great help in reaching entrepreneurs that are underserved by the financial system. 

The EIB is committed to advancing EU policies that support financial inclusion outside of the EU and to coordinate its action with that of local partners and other EU players (public and private) following the Team Europe approach.

  • When it comes to microfinance and boosting financial inclusion, what type of programs does the EIB support and what criteria are important when assessing the project?

The EIB has been supporting the microfinance sector outside of the EU for more than twenty years, with a focus on neighboring countries (Middle East, North Africa and eastern neighbors) and on the Africa, Caribbean and Pacific regions. As the EU bank, the EIB supports the development policies of the EU and the priorities of the countries receiving funding: financial inclusion is a key objective and benefits are far-reaching. Providing loans and other financial services to micro-entrepreneurs can strengthen their source of income and make them economically more resilient, which can have a number of positive spillover effects, such as employment generation, more investment in the education of children, etc.

The financial instruments used by the EIB for microfinance operations come in the form of loans and equity participations. The funding is channelled either “directly” to microfinance institutions (MFIs) and small banks or “indirectly” through microfinance investment vehicles (MIVs) and microfinance holdings, in order to reach smaller players that do not meet the criteria for direct funding and to benefit from geographical and sectorial diversification. Moreover we support the MFIs with technical assistance programmes that address key needs such as –for example- the digitalization of operations, new product development to address disadvantaged categories (e.g. women, youth, etc.) or the strengthening of risk management. 

The EIB aims at being additional to private investors, providing MFIs with financial conditions that are not easily available in the market, such as long term local currency loans or long availability period, which benefit the financial strength of the institution. Stronger intermediaries are better placed to attract other investors, and in this way, the EIB has also a catalytic role or multiplying effect, which eventually translates in higher volumes of financing to the final beneficiaries.

But volume and scale are not the only nor the most important aspects: the financially excluded or underserved need quality financial services that address their needs properly and responsibly. We ask MFIs to respect the internationally recognised client protection principles for microfinance operations, so that their clients are thoroughly and transparently informed of the terms of the services. Our partners should be mindful of the risk of over-indebting their clients, treat them respectfully and hear their voice, being it a voice of praise, a complaint or a suggestion to improve.

“The financially excluded or underserved need quality financial services that address their needs properly and responsibly”

In Dominican Republic we have partnered with Banco de Ahorro y Crédito ADOPEM, a BBVA Microfinance Foundation entity, since 2006 through several loans as well as an equity investment. The latest operation was signed last December for a loan of EUR 7m in local currency, which is part of the EIB contribution to the Team Europe response to the COVID-19 crisis and will support gender equality and female entrepreneurship in Dominican Republic. 

In Latin America, the EIB has signed last year a EUR 200 million loan with Banco do Nordeste do Brasil (BNB), to support companies affected by COVID-19. The loan will help to address the working capital and investment needs of Brazilian micro-enterprises affected by the COVID-19 breakout, in the northeast, targeting the most vulnerable and very low income borrowers in the region, mainly women.

Furthermore, the EIB has signed a USD 150 million loan with Nacional Financiera (NAFIN), one of Mexico’s leading development banks, to support companies affected by COVID-19 in Mexico. The loan will help to address the working capital and investment needs of Mexican microenterprises affected by the COVID-19 breakout.

In its commitment to financial inclusion, the BBVA Microfinance Foundation has proven over the years to value the same principles that matter for the EIB, and to be able to deliver on the pressing social needs of the people it targets. We are exploring ways to further strengthening our collaboration with the foundation beyond the Dominican Republic, and to increasing the outreach in the most remote and difficult to reach rural areas. In the spirit of the Team Europe approach, this partnership among EU players has a strong potential to make a difference for many vulnerable people. 




Reglamentación de la Ley de Protección de Datos

El pasado 28 de mayo se publicó el Decreto Ejecutivo que reglamenta la Ley 81 de 2019 sobre Protección de Datos Personales para desarrollar las disposiciones que regulan el régimen general de protección de datos personales.

Este Decreto, publicado según lo previsto en la Ley de 2019 –que entró en vigor en marzo de 2021- y comentada en Progreso 19, ofrece las herramientas necesarias para poner en práctica protocolos y procedimientos requeridos para el tratamiento de datos conforme a la ley y clarifica el contenido de la misma estructurando su contenido.

El reglamento consta de 65 artículos que complementan a la ley, preceptos que pretenden ordenarla sistemáticamente, desarrollar ciertas cuestiones y clarificarlas:

Requisitos de información

El Decreto concreta y especifica el contenido de la información que el responsable del tratamiento deberá facilitar al titular en el caso en que los datos se obtengan directamente de este:

  • Identidad y datos de contacto del responsable del tratamiento
  • Finalidad o finalidades del tratamiento
  • La condición que legitima el tratamiento
  • Los destinatarios de los datos personales
  • La intención de transferir datos personales a un tercer país
  • Plazo de conservación de los datos
  • Procedimientos para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y portabilidad.
  • Existencia de decisiones automatizadas (incluida la elaboración de perfiles)
  • Datos de contacto del oficial del de protección de datos personales

También se establecen los plazos y la forma en que el responsable del tratamiento deberá proporcionar esta información y la obligación adicional de informar sobre la fuente de la que proceden los datos y su categoría, en los supuestos en que los datos no hayan sido obtenidos directamente del titular.

Condiciones de licitud del tratamiento

El listado de condiciones para poder proceder al tratamiento de los datos y, entre las que al menos deberá cumplirse una para ello, es ampliado en este desarrollo reglamentario. A las ya previstas en la Ley se añaden:

  • Cuando el tratamiento sea necesario para proteger intereses vitales del titular de los datos o de otra persona natural
  • Cuando el tratamiento sea requerido por una entidad pública en el ejercicio de sus funciones legales
  • Cuando el tratamiento sea necesario para satisfacer el interés legítimo perseguido por el responsable del tratamiento

Consentimiento

El consentimiento ha de ser informado e inequívoco, debiendo ser precedido por la información que estipula la norma y deberá obtenerse de una manera que permita su trazabilidad. Para el tratamiento de datos sensibles, además deberá ser irrefutable y expreso.

El reglamento recuerda que el retiro del consentimiento no afectará a la licitud del tratamiento basada en el consentimiento previo a su revocación, remitiéndose a las excepciones previstas en la Ley que desarrolla para los casos en los que no es así.

Obligaciones del responsable del tratamiento

Con este desarrollo reglamentario se aglutinan en un solo precepto todas las obligaciones exigidas, tanto al responsable del tratamiento como al custodio de la base de datos:

  • Elaborar protocolos y procesos de protección da datos personales obligatorios y exigibles al interior de la organización
  • Revisar periódicamente los procedimientos de gestión y transferencias de datos
  • Cumplir con normas y estándares nacionales e internacionales
  • Adoptar mecanismos de autorregulación vinculantes
  • Elaborar y mantener el registro de bases de datos
  • Evaluar el impacto de los tratamientos de datos para garantizar la proporcionalidad y minimización de datos en el tratamiento
  • Designar a un oficial de protección de datos: para el sector privado no es obligatoria; no obstante, si fuera el caso, la autoridad de control la tomará en cuenta como criterio para la graduación de sanciones
  • Notificar a la autoridad de control las violaciones de seguridad de inmediato, en el momento en el que tenga conocimiento de la misma y documentarlas
  • Deber de secreto o de confidencialidad

Medidas de responsabilidad para el cumplimiento

Los mecanismos de autorregulación previstos por la Ley como condición habilitante para la realización de transferencia de datos personales, son desarrollados por la norma.

En este sentido, de acuerdo con el Decreto, la autoridad de control impulsará la elaboración de mecanismos de autorregulación vinculantes para facilitar el cumplimiento de la normativa sobre protección de datos personales en los que deberá quedar consignado: el cumplimiento de los principios de tratamiento, los protocolos de información y transparencia con el titular de los datos, los procedimientos de recogida, tratamiento, transferencia y conservación de los datos; las condiciones de cumplimiento para las transferencias internacionales de datos, la atención y respuesta al ejercicio de los derechos por los titulares de los datos y las medidas técnicas y organizativas que se adopten para garantizar la seguridad en el tratamiento y transferencia de los datos.

La adhesión a un mecanismo de autorregulación vinculante supondrá una garantía de cumplimiento para el custodio de la base de datos y para las transferencias internacionales de datos.

Evaluaciones de impacto

Otra de las concreciones incluidas en el nuevo Decreto, se encuentra la elaboración de un informe de evaluación de impacto. Considerando la gravedad del riesgo que presente el tratamiento realizado, así como la novedad de la tecnología utilizada; la autoridad de control podrá ordenar la presentación de un informe de evaluación de impacto de protección de datos que contenga, al menos: una descripción de los tipos de datos recopilados, la metodología utilizada para la recopilación y garantía de seguridad de la información, y el análisis del responsable en relación con medidas, salvaguardas y mecanismos de mitigación de riesgos adoptados.

 Transferencia de datos personales

En línea con lo previsto con la Ley que desarrolla, el reglamento dispone que la solicitud de transferencias de datos ha de documentarse, para ello, el responsable del tratamiento que transfiere y el que recibe deberá dejar constancia de la solicitud y de la recepción de los datos transferidos. En este sentido, la norma exige además diversos requisitos respecto al custodio de los datos.

La norma, en concordancia con la Ley que reglamenta, permite las transferencias extrafronterizas siempre que se reúna alguna de las condiciones que exige la ley, por ejemplo: cuando el país u organización internacional receptores ofrezcan un grado de protección de datos equivalente o superior al previsto en la normativa panameña, cuando el responsable muestre garantías adecuadas de cumplimiento de los principios y derechos de titular de esta normativa, cuando exista consentimiento del titular de datos, o en el caso en que sea necesario por cuestiones sanitarias o salvaguarda del interés público.

Infracciones y sanciones

El reglamento especifica las infracciones y sanciones que prevé la Ley de 2019 e introduce criterios que las clarifican: regula su prescripción y los criterios de graduación de las sanciones.

 

Esta norma supone un paso más en la protección de datos se refiere, otro de los modelos normativos que están adoptando los estándares internacionales de la materia.

 




Guía de Economía Circular: de la estrategia a la acción

La “Guía de Economía Circular: de la estrategia a la acción” ha sido elaborada por la Women Action Sustainability, una asociación de mujeres directivas creada en junio de 2020 para impulsar el compromiso de las empresas, instituciones, entidades y la sociedad con la sostenibilidad.

El documento tiene como objetivo apoyar a las pequeñas y medianas empresas españolas a redirigir su modelo de producción y consumo hacia uno mucho más eficiente y sostenible, y, para ello, contempla ocho pasos para que las compañías puedan integrar la economía circular en su día a día:

  1. Entender qué es la economía circular y definir el alcance o escala de aproximación circular a aplicar. Identificar y explicitar la motivación estratégica de la empresa.
  2. Identificar y medir los materiales y recursos empleados en los procesos y/o a lo largo del ciclo de vida de los productos y/o servicios.
  3. Definir los procesos en los que actuar en función de los dos pasos anteriores.
  4. Definir el marco y las herramientas de medición de la circularidad.
  5. Establecer los indicadores de circularidad y su vinculación con las metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas, en función de las propiedades definidas en el paso 3.
  6. Lanzar proyectos y líneas de trabajo circulares midiendo los indicadores anteriores y traduciéndolos a la estrategia empresarial (alianzas y financiación).
  7. Comunicar el nivel de integración de la circularidad a los grupos de interés.
  8. Anclar el cambio para consolidar una estrategia circular.



Women, Business and the Law 2021

El documento Women, Business and the Law 2021 es la séptima edición del estudio anual que publica el Banco Mundial, en el que se analizan las leyes y regulaciones que afectan las oportunidades económicas de las mujeres en 190 economías.

Pone el foco en ocho indicadores, estructurados en torno a las interacciones de las mujeres con la ley a medida que avanzan en sus vidas y carreras: i) movilidad, ii) empleo, iii) remuneración, iv) matrimonio, v) maternidad, vi) dirección de empresas, vii) gestión de activos y viii) obtención de pensión de jubilación. También incluye algunos datos relacionados con la crisis generada por la COVID-19.

El informe de este año actualiza todos los indicadores a partir del 1 de octubre de 2020 y crea pruebas de los vínculos entre la igualdad legal de género y la inclusión económica de las mujeres. Al examinar las decisiones económicas que toman las mujeres a lo largo de su vida laboral, así como el ritmo de las reformas en los últimos 50 años, el documento contribuye a la investigación y al debate sobre el estado del empoderamiento económico de las mujeres.




Regulación para hacer frente al cambio climático

El cambio climático, el agotamiento de los recursos naturales o la destrucción de los ecosistemas han llevado a Panamá a buscar mecanismos y acciones que permitan crear las estrategias necesarias para la preservación, protección y corrección de los problemas ambientales que están teniendo lugar.

El país se ha unido a la campaña mundial como signatario del Protocolo de Kioto, la enmienda de Doha y el Acuerdo de París, trabajando en conjunto y con el apoyo de organismos internacionales como el Centro Regional de Colaboración para América Latina de ONU Cambio Climático y CAF – Banco de Desarrollo de América Latina, siendo miembro fundador de la Alianza de América Latina y El Caribe sobre Programas de Huella de Carbono liderado por ONU y el Banco Mundial; y ha emitido las siguientes normas a fin de lograr  el cumplimiento de los compromisos internacionales.

Programa “Reduce tu Huella”

El Decreto Ejecutivo 100 del 20 de octubre de 2020, que reglamenta el Capítulo II del Título V de la Ley 41 del 1 de julio de 1998, publicado en la víspera del Día Internacional contra el Cambio Climático, trata la mitigación del cambio climático global y crea el programa nacional “Reduce tu Huella”.

Este programa tiene como objetivo llevar a cabo los procesos de cuantificación, gestión, reporte y registro de emisiones, y estará a cargo de la Dirección Nacional de Cambio Climático del Ministerio de Ambiente. Entre sus principales componentes destacan los siguientes:

  1. El Sistema Sostenible de Inventarios
  2. El Registro de Emisiones y Acciones de Mitigación
  3. El Registro de Medios de Implementación
  4. El Sistema Nacional para el seguimiento y actualización de la Estrategia Nacional

Además, se crea la Plataforma Nacional de Transparencia Climática, adscrita al Sistema Nacional de Información Ambiental, como mecanismo oficial para la gestión, monitoreo, reporte y registro de las iniciativas nacionales, enfocadas en el fortalecimiento de la Contribución Determinada a Nivel Nacional.

Adaptación al cambio climático global

Por otra parte, el ejecutivo sancionó el Decreto Ejecutivo 135 del 30 de abril de 2021, que reglamenta el Capítulo I del Título de la Ley 41 de 1 de junio de 1998, con la finalidad de fomentar la capacidad de adaptación necesaria para generar una respuesta nacional frente a los fenómenos y eventos ocurridos recientemente.

En primer lugar, crea el Sistema Nacional de Datos de Adaptación al Cambio Climático, una plataforma para recabar y generar información estratégica sobre la vulnerabilidad, los riesgos climáticos y las amenazas a seres humanos, ecosistemas, sistemas productivos e infraestructuras causados por el cambio climático, a fin de crear respuestas de políticas públicas para adaptarse a estos cambios.

Así mismo, busca implantar el Sistema Nacional de Monitoreo, Evaluación y Reporte de la Adaptación; activar el Fondo de Adaptación al Cambio Climático, con la finalidad de financiar los proyectos de adaptación y resiliencia que permitan gestionar el riesgo climático a través del Ministerio de Ambiente; y constituir el Registro Nacional de Iniciativas de Adaptación y Resiliencia, un inventario de las acciones públicas y privadas, comunitarias o individuales, donde conste el tamaño de la iniciativa, su ubicación geográfica, los promotores, los beneficiarios y la fuente de financiamiento, con el objetivo de monitorear los avances en temas de adaptación y resiliencia.

En su título III regula la situación de las personas nacionales o extranjeras desplazadas por las afectaciones del cambio climático, asignando al Estado la obligación de asumir la tutela de sus bienes, derechos humanos y cultura.

Además, se establece que la Dirección de Cambio Climático del Ministerio de Ambiente deberá liderar la preparación de la estrategia nacional de adaptación al cambio climático con horizontes temporales al 2030 y al 2050; y que cada cinco años la deberá actualizar y revisar de acuerdo con los procedimientos y lineamientos establecidos en el Decreto.

Reduce tu Huella de Corporativo – Carbono

Finalmente, el Ministerio de Ambiente emitió la Resolución 224 del 5 de mayo de 2021 que adopta el Estándar Técnico de Reduce Tu Huella de Corporativo – Carbono (RTH), junto al formato de Declaración de GEI; y establece la habilitación de la Plataforma Virtual RTH Corporativo- Carbono que brinda una vía de comunicación oficial para registrarse, reportar y actualizar documentación de las organizaciones públicas, privadas y de la sociedad civil.




Normas para el buen gobierno corporativo

El pasado 5 de abril de 2021 se presentó la publicación “Normas Ecuatorianas para el Buen Gobierno Corporativo”, un documento elaborado por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, el Instituto Ecuatoriano de Gobernanza Corporativa y BID Invest. Si bien las normas ya fueron publicadas en el Registro Oficial Edición Especial Nº 1.076 del 25 de septiembre del 2020, ahora se difunden a través de esta publicación.  

Hasta entonces, el país no tenía su propia regulación en materia de gobierno corporativo, por lo que este documento es fundamental para dotar a las compañías de herramientas para profesionalizarse y cumplir con las mejores prácticas de gobernanza a nivel internacional. Todo ello, con el objetivo de que sean entidades competitivas, seguras, confiables, éticas, transparentes y sostenibles.  

Principios inspiradores

Los principios en los que se fundamentan las Normas son los siguientes:

  • Igualdad: trato justo y equitativo de los accionistas para una gestión honesta y responsable de la compañía
  • Transparencia: obligación de informar, de rendir cuentas respecto de sus operaciones
  • Responsabilidad: velar por la sustentabilidad de la compañía
  • Voluntariedad: aplicación voluntaria por parte de las compañías

Contenido principal

Las Normas centran su atención en las siguientes materias:

  1. Los derechos de los accionistas y el trato equitativo de los mismos, especialmente de los minoritarios
  2. Recomendaciones para la correcta celebración de la junta general de accionistas
  3. La importancia del directorio como órgano de administración y supervisión, encargado de definir la estrategia de la compañía, controlar los riesgos y promover la sostenibilidad
  4. El gobierno familiar y recomendaciones para evitar un impacto negativo de los conflictos familiares en la gestión de la compañía
  5. La arquitectura de control, referida a la gestión de riesgos, a los sistemas de control interno y al monitoreo de las actividades de la compañía
  6. La transparencia como principio fundamental para reforzar la confianza de los grupos de interés; la recomendación de crear una política de revelación de información en la que se incluya la información que puede ser revelada al público, la forma en que se va a compartir, los destinatarios de la misma y los procedimientos para asegurar que se proteja la información que va a ser revelada; y la elaboración anual de un Informe de Gobierno Corporativo en el que se explique el grado de cumplimiento de las Normas
  7. Medidas para mitigar la corrupción empresarial, recomendando la adopción de programas de cumplimiento que permitan identificar las actividades ilícitas, la implementación de un código de ética o conducta dirigido a miembros y empleados sin importar su cargo y la definición de protocolos de acción ante un posible escenario de corrupción

Ámbito de aplicación

Las normas son aplicables para empresas de todo tipo, independientemente de su tamaño, naturaleza jurídica o estructura de control; y están dirigidas fundamentalmente a sociedades mercantiles en general.

Su adopción es de carácter voluntario, pero se espera que los beneficios que se generan al adoptar buenas prácticas de gobierno corporativo en las organizaciones sean incentivos suficientes para que decidan integrarlas en sus estatutos sociales y demás documentos societarios.  

Una buena gobernanza corporativa avala una adecuada toma de decisiones, fomenta el trato equitativo de los accionistas y promueve la integridad, transparencia y responsabilidad social empresarial. Por ello, las compañías que decidan adoptar estas prácticas de buen gobierno incrementarán su capacidad para generar valor a largo plazo, mejorarán la gestión de riesgos y aumentarán su competitividad.