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Inclusión de datos personales en los Registros Públicos

Sentencia Tribunal Supremo (Sala de lo Civil, Sección 1ª) núm. 672/2014 de 19 de noviembre

Con relación a la inclusión de los datos personales en los ficheros de solvencia patrimonial y de crédito, comúnmente conocidos como “registro de morosos”. El Tribunal Supremo español resuelve en el marco de un proceso judicial entre una empresa de servicios de seguridad y unos particulares afectados por la inclusión de sus datos personales en el registro de morosos. El Tribunal  ha señalado que dicha inclusión, para que sea considerada legítima y no vulnere en ningún caso el derecho al honor de los afectados, deberá atender a lo establecido en la legislación española, en concreto la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de datos de Carácter Personal, así como lo  dispuesto en su desarrollo reglamentario. Fundamentalmente indica que los datos de carácter personal que se remitan al registro han de ser ciertos y exactos, además de determinantes para enjuiciar la solvencia económica de los interesados.

Asimismo, el Tribunal Supremo, sustentando sus argumentos en su jurisprudencia, recoge que la amenaza de inscripción en los ficheros de solvencia patrimonial y de crédito no puede ser utilizada por las empresas como un medio de coacción para reclamar posibles deudas, amparándose en el temor al descrédito personal de los afectados y la dificultad de acceso al crédito formal que supone dicha inclusión.

Del mismo modo, la inscripción de los datos personales en estos ficheros deberá respetar la normativa europea en materia de protección de datos de carácter personal, derecho fundamental  recogido en el artículo 8 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Directiva 1995/46/CE, de 24 de octubre, del  Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea. Este paquete normativo comunitario supuso en su momento una importante novedad legislativa y sirvió de base para la configuración de un sistema que garantice la protección de los datos de carácter personal en los diferentes ordenamientos internos de los países que conforman la Unión Europea.