Actualización de las medidas europeas sobre ciberseguridad
El 27 de junio entró en vigor el Reglamento de la Unión Europea del Parlamento Europeo relativo a la Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad y a la certificación de la ciberseguridad de las tecnologías de la información y la comunicación.
La norma, que deroga el anterior Reglamento sobre la Ciberseguridad del 2013, tiene como aspiración alcanzar un nivel elevado de ciberseguridad, ciberresiliencia y confianza dentro de la Unión Europea.
A continuación destacamos los dos bloques fundamentales del documento:
Agencia Europea para la Ciberseguridad
En primer lugar, el Reglamento establece los objetivos y aspectos organizativos de la nueva Agencia Europea para la Ciberseguridad (ENISA), y le asigna las siguientes tareas:
- Contribuir a la elaboración y ejecución de la política y del derecho de la Unión en el ámbito de la ciberseguridad
- Asistir a los Estados en la creación de capacidades de ciberseguridad
- Apoyar la cooperación entre los países miembros, las instituciones, órganos y organismos de la Unión y entre las partes interesadas
- Promover el desarrollo y la aplicación de la política de la UE en materia de certificación de la ciberseguridad de productos, servicios y procesos TIC
- Analizar las tecnologías emergentes y preparar evaluaciones sobre los efectos esperados, de tipo social, jurídico, económico y reglamentario, de las innovaciones tecnológicas
- Sensibilizar al público sobre los riesgos relacionados con la ciberseguridad y facilitar orientaciones sobre buenas prácticas
- Asesorar a las instituciones, órganos y organismos de la Unión y a los Estados miembros sobre las necesidades y prioridades de la investigación en el ámbito de la ciberseguridad y las tecnologías de la información, y a utilizar eficazmente las tecnologías de prevención del riesgo
- Promover la cooperación internacional en relación con los problemas que se refieren a la ciberseguridad
Certificación de la ciberseguridad
Por otra parte, aborda la definición de un marco para la creación de esquemas europeos de certificación de la ciberseguridad, a efectos de garantizar un nivel adecuado de ciberseguridad de los productos, servicios y procesos de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y de crear un mercado único digital para estos productos, servicios y procesos.
Este marco define un mecanismo destinado a instaurar esquemas europeos de certificación de la ciberseguridad y a confirmar que los productos, servicios y procesos de TIC que hayan sido evaluados con arreglo a dichos esquemas, cumplen los requisitos de seguridad especificados. De esta manera se trata de proteger la disponibilidad, autenticidad, integridad o confidencialidad de los datos almacenados, transmitidos o procesados o las funciones o servicios que ofrecen.
La Comisión Europea publicará un programa de trabajo evolutivo para los esquemas europeos de certificación que definirá las prioridades estratégicas para los futuros esquemas e incluirá una lista de productos, servicios y procesos de TIC, o de categorías de los mismos, que pudieran beneficiarse de su inclusión en el ámbito de aplicación de un esquema europeo de certificación de la ciberseguridad.